Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 10 de Julio de 2009

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución10 de Julio de 2009
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Por conducto de la Subdirectora General de Asuntos Jurídicos y Tratados, ha ingresado a esta Sala Cuarta de Negocios Generales, mediante Nota A.J. No. 1083 de 27 de abril de 2009, la Carta Rogatoria librada por el Tribunal Regional de Hamburgo, Alemania, sobre el Acto Judicial interpuesto por "A.C.G.B. of Societá Di Crociere S.T.I." en contra de la sociedad panameña "Tapón del Darién LLC".

El propósito de la presente Carta Rogatoria es que las autoridades panameñas diligencien lo siguiente:

Se ruega la notificación y entrega de las copias de los escritos adjuntos a la rogatoria, a la sociedad Tapón del Darién LLC, ubicada en Calle 53, 0832-0588, ciudad de Panamá, República de Panamá. (cfr. 9).

CONSIDERACIONES DE LA SALA

De acuerdo con el Código Judicial en su artículo 100, numeral 3, le corresponde a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, la función de: "recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por Tribunales extranjeros, determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario que debe cumplirlo".

Procede la Sala a verificar si existe entre la República de Panamá y Alemania, convenciones suscritas relativas a exhortos o cartas rogatorias. En cuanto a este punto, observa la Sala que no existe convención alguna entre ambos países, por lo que es necesario recurrir al principio de reciprocidad, solidaridad y buena fe que debe imperar entre los países que integran la comunidad internacional, sin que se conculque el derecho positivo panameño.

A estos efectos observa la Sala que la documentación suministrada se encuentra traducida al español por intérprete público autorizado; igualmente está debidamente legalizada mediante el sello de apostilla (cfr 8), lo cual encierra la presunción de que los documentos han sido expedidos de acuerdo a la Ley local del país exhortante, requisito de forma indispensable en el negocio en estudio.

Ahora bien, en el presente caso observamos que la diligencia solicitada se circunscribe a la realización de un acto de mero trámite como lo es la notificación, sin embargo, los Magistrados que integran la Sala advierten que la dirección...

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