Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Diciembre de 2014

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Honorable Magistrado L.R.F., ha manifestado impedimento para conocer DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, interpuesta por la Firma Morgan & Morgan, en representación de HACIENDA SANTA MÓNICA, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. D.N. 2-0972 de 6 de septiembre de 2010, dictada por la Dirección Nacional de Reforma Agraria.

El Magistrado F. fundamenta su impedimento en los siguientes términos:

"Honorables Magistrados que integran la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por este medio manifiesto que estoy impedido para conocer de la presente Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad, presentada por la Firma Morgan & Morgan, actuando en representación de HACIENDA SANTA M.S., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. D.N. 2-0972 de 6 de septiembre de 2010, emitida por la Dirección Nacional de Reforma Agraria (hoy Autoridad de Administración de Tierras -ANATI).

Lo anterior obedece al hecho que, en publicación del Diario la Estrella de Panamá de fecha 11 de septiembre de 2013, e la Sección de Política, titulada

"Choques entre Exministros de M." "Los intereses de J.H.," (Pag. 5ª); se hace mención de la sociedad Santa Mónica, S.A., objeto de la presente Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad; y, se hacen unos señalamientos que involucran a la Ex-Viceministra de la Presidencia MARÍA FÁBREGA, con quien me une un vínculo de parentesco (hermana), por lo que me encuentro impedido para conocer del presente negocio, con fundamento en los numerales 3 y 4 del artículo 78 de la Ley 135 de 30 de abril de 1943, cuyo texto dispone:

"Artículo 78: Son causas de impedimento y recusación en los miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo las siguientes:

...

  1. Estar dentro del cuarto grado de parentesco de consanguinidad o segundo de afinidad con alguna de las partes o sus apoderados;

  2. Tener interés en la actuación o tenerlo alguno de los parientes expresados en el inciso anterior."

    En consecuencia, en aras de la transparencia, imparcialidad y moralidad que debe regir en todas nuestras actuaciones, solicito a los Honorables Magistrados de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, que declaren legal el impedimento manifestado y me separen del conocimiento del presente negocio."

    Al analizar la solicitud presentada, ésta Superioridad procede a pronunciar sus consideraciones y decisión, advirtiendo, en primer lugar, que ésta...

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