Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 4 de Febrero de 2019

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado Á.A.H.Z., actuando en su propio nombre y representación, ha interpuesto demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto Ejecutivo N°183 de 28 de mayo de 2018, emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, publicado en Gaceta Oficial No. 28536-C del 30 de mayo de 2018, que establece el procedimiento y los requisitos para el Proceso de Regularización Migratoria Extraordinaria para aquellos extranjeros de la República Popular China que se encuentren en situación migratoria irregular en la República de Panamá.

Al examinar la admisibilidad de la demanda, se advierte que consta en el libelo una solicitud especial que debe ser atendida de manera previa, y que hace referencia a la presente medida cautelar de suspensión provisional del acto demandado, misma que se procede a revisar, a fin de verificar si cumple con los requisitos establecidos en la Ley, y si se acreditaron los hechos alegados para fundamentar su petición, la cual debe ser plenamente motivada, con la finalidad de indicar los elementos de razonamiento que justifiquen la urgente necesidad de adoptar tal medida solicitada.

En ese sentido, se aprecia que la solicitud elevada a esta S., por la parte demandante es sustentada en los siguientes términos:

"Solicitamos que como cuestión previa, y con fundamento en el ARTÍCULO 73 de la Ley 135 de 1943, esta augusta S., acceda a decretar la SUSPENSIÓN PROVISIONAL del respectivo DECRETO EJECUTIVO No. 183 de 28 de mayo de 2018, emitido por el Ministerio de Seguridad Pública, (Promulgado en Gaceta Oficial No. 28536-C del 30 de mayo de 2018).

Petición que se hace a fin de no hacer ilusoria esta pretensión debido a que si no se suspende el proceso de regularización migratorio general se violentaría lo establecido en el Decreto Ley, debido a que los extranjeros obtendrían su permiso de permanencia provisional sin algunos de los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley 3 de 2008.

En menester mencionar que el Decreto Ejecutivo demandado de nulo violenta el principio de separación de poderes debido a que establece un procedimiento de regularización migratoria para los nacionales de la República Popular de China que obvia los requisitos establecidos en el Decreto Ley pese haber sido dictado por el Consejo de Gabinete lo hace mediante una facultad una facultad clara que le corresponde a la Asamblea Nacional, por lo que si se decide establece (sic) este tipo de...

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