Opinión N° 13-2016. ¿pueden los inversionistas de una sociedad de inversión inmobiliaria constituida bajo la figura de una sociedad anónima, que tenga obligación de registrarse ante la superintendencia del mercado de valores, conforme lo establece el acuerdo no.2-2014 de 6 de agosto de 2014, estar agrupados a través de un fideicomiso constituido de conformidad con las leyes de la república de panamá?

Fecha de publicación18 Enero 2022
Fecha21 Septiembre 2016
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 29457 Gaceta Oficial Digital, martes 18 de enero de 2022 1

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