Resuelto Nº AUPSA–DINAN–083– 2008 de 10 de junio de 2008, 'POR MEDIO DEL CUAL SE EMITE EL REQUISITO SANITARIO PARA LA IMPORTACIÓN DE HARINAS, POLVO Y 'PELLETS', DE PECES, CRUSTÁCEOS, MOLUSCOS O DEMÁS INVERTEBRADOS ACUÁTICOS PARA CONSUMO ACUÍCOLA'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESUELTO AUPSA - DINAN -083- 2008

(De 10 de Junio 2008)

"Por medio del cual se emite el Requisito Sanitario para la importación de Harinas, polvo y "pellets", de peces, crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos para consumo Acuícola"

El DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS,

en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal proteger la salud humana, animal y el patrimonio vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias relacionadas a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el artículo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es función de la Dirección Nacional de Normas para la Importación de Alimentos, emitir los requisitos sanitarios y/o fitosanitarios, que deben cumplir los alimentos para su introducción al territorio nacional: En el almacenaje en zonas libres, zona procesadora, importación, tránsito y/o trasbordo.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos ha considerado pertinente la emisión de los requisitos, con el fin de complementar los aspectos sanitarios y/o fitosanitarios para la importación de alimentos elaborados o semielaborados para consumo de animales.

Que este alimento ha sido procesado en una planta, autorizada por la autoridad oficial competente del país exportador y por la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos.

Que el incumplimiento de las buenas prácticas de manufactura de estos alimentos puede ocasionar la aparición de contaminantes biológicos, químicos o físicos que puedan afectar la salud de los animales, y es responsabilidad de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, verificar que estos contaminantes no sobrepasen los niveles adecuados de protección de la salud de los animales.

Que la Dirección Nacional de Normas para la Importación de Alimentos...

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