Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Marzo de 2019

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2019
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Pendiente de resolver, se encuentra en esta S., la solicitud de libertad condicional elevada por el Licenciado J.B.M., a favor de D.D.S.J., dentro del recurso extraordinario de revisión promovido contra la Sentencia N° 128 de 23 de noviembre de 2011, emitida por el Juzgado Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, que condenó al prenombrado a la pena de cincuenta y seis (56) meses de prisión, e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por igual período que la pena principal, como autor del delito de robo, en su modalidad simple, en perjuicio de Y.E.H.G..

El activador judicial fundamentó su petición, básicamente, en las siguientes consideraciones:

…como quiera que mediante resolución motivada de uno (1) de junio de 2016, se dispuso admitir el recurso de revisión penal a favor del señor D.D.S., así como la ratificación de la declaración notarial extendida por la señora Y.H.G. víctima de los hechos que hoy se analizan; siendo que en horas de la tarde de ayer la prenombrada efectivamente concurrió a los estrados de ese distinguido tribunal a efectos de ratificar bajo juramento lo expresado previamente ante notario del circuito de Panamá, es por lo que deseamos REITERARLE nuestra solicitud expresada en sendos escritos de fecha 25 de junio de 2015 y 15 de enero de 2016, fundamentados en el artículo 2458 del Código Judicial, donde respetuosamente le peticionábamos una medida de Libertad Provisional a favor de nuestro patrocinado quien a la fecha se encuentra cumpliendo la pena de prisión impuesta, hasta tanto se desatara el fondo de nuestro recurso.

(F. 1 del cuadernillo de solicitud).

Cabe señalar que se corrió traslado de esta solicitud a la Procuraduría General de la Nación, que emitió concepto favorable a la misma, como se observa de fojas 4 a 5 del cuadernillo de solicitud.

Es importante mencionar que, ciertamente, el fundamento de derecho invocado por el petente, es decir, el artículo 2458 del Código Judicial contempla la posibilidad de otorgar libertad condicional del condenado, en el mismo fallo que ordene la revisión, siempre que éste estuviere detenido. Sin embargo, es un hecho cierto que esta S., mediante resolución de 10 de mayo de 2017, no sólo ordenó la revisión de la Sentencia N° 128 de 23 de noviembre de 2011, proferida por el Juzgado Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, que condenó a D.D.S.J., a la pena de cincuenta y seis (56)...

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