Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Agosto de 2010

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2010
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Dentro de la presente demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por el licenciado C.E.C., actuando en nombre y representación de OCEAN POLLUTION CONTROL, S.A., en contra de la Autoridad Marítima de Panamá, para que se declare nula, por ilegal, la orden verbal de desalojo de la superficie de terreno otorgado en concesión y su acto confirmatorio la Resolución No.3005-10-2009 de 23 de octubre de 2009, este Despacho Judicial decidió mediante auto de fecha 4 de junio de 2010, solicitar a la autoridad demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la ley 135 de 1943, la siguiente información:

"1. Si existe o no pronunciamiento de la Autoridad Marítima de Panamá, sobre la reclamación presentada por el apoderado especial de Ocean Pollution Control, S.A., respecto a la apelación sustentada en contra de la Resolución No.3005-10-2009 de 23 de octubre de 2009.

  1. En el caso de que exista pronunciamiento sobre la referida apelación, se adjunta copia auténtica de lo decidido por la entidad administrativa, así como constancia de su notificación.".

En ese sentido, dándole contestación al oficio No.1515 de 24 de junio de 2010, remitido por este Despacho, la Autoridad Marítima de Panamá nos remite la Certificación SG No.012-2010 de 15 de julio de 2010, mediante la cual certifica, "que el día 10 de septiembre de 2009, la empresa Ocean Pollution Control, S.A. fue desalojada de las áreas de propiedad del Estado que ocupaban sin contar con los permisos correspondientes. Contra esta actuación, la empresa Ocean Pollution Control, S.A., nunca interpuso recurso alguno en la vía gubernativa.".

En el presente caso, la actuación demandada consiste en la orden verbal de desalojo dictada por la Autoridad Marítima de Panamá, en contra de la demandante Ocean Pollution Control, S.A.

En ese sentido, en el apartado lo que se demanda, visible a fojas 3 del dossier, el apoderado judicial de la actora peticiona lo siguiente:

"1. Que se declare nula por ilegal la orden verbal de desalojo de la superficie de terreno otorgado en concesión.".

Tal como lo estableciese la autoridad demandada contra dicha decisión no se interpuso recurso alguno, contrario a lo que había señalado el apoderado judicial de la parte demandante, por lo tanto no agotándose la vía gubernativa, requisito necesario para que proceda la admisión de las demandas de plena jurisdicción.

El artículo 42 de la Ley 135 de 1943, impone que para ocurrir en demanda...

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