Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Enero de 2014

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución28 de Enero de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El licenciado F.E., apoderado especial del señor J.J.G., ha interpuesto demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, a fin de que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.2013-123 de 21 de marzo de 2013, emitida por la Directora Nacional de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias, su acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones. El Magistrado Sustanciador entra a hacer un examen de la demanda presentada, a fin de corroborar si la misma cumple con las formalidades legales exigidas para que proceda su admisión. En ese sentido se observa, que la demanda contencioso administrativa presentada, no cumple con la totalidad de los requisitos formales indispensables para su admisión, por las razones que pasamos a detallar. En el libelo de demanda se establece como acto administrativo demandado la Resolución No.2012-123 de 21 de marzo de 2013, emitida por la Directora Nacional de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias; sin embargo, el actor no incorporó la copia autenticada del acto administrativo que alega afecta sus derechos subjetivos, con la constancia de su notificación, requisito éste del que habla taxativamente el artículo 44 de la Ley 135 de 1943, lo cual impide al Tribunal realizar el examen de legalidad del acto administrativo objeto de la acción. De la lectura del libelo de demanda, se observa que el actor tampoco hace la solicitud especial a esta Superioridad, a fin de que pida a la entidad demandada la copia autenticada del acto acusado con la constancia...

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