Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Julio de 2013

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución16 de Julio de 2013
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El señor P. interpuso Recurso de Apelación contra el Auto de Pruebas N° 249 de 24 de octubre de 2012, mediante el cual, el Magistrado Sustanciador admite las pruebas dentro del proceso Contencioso Administrativo de plena jurisdicción, incoado por el licenciado R.A., representando a F.G.N., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° 5194 de 28 de febrero de 2011, emitida por el Servicio Nacional de Migración (SNM), el silencio administrativo y para que se hagan otras declaraciones. El señor P. apela el Auto de Pruebas N° 249 de 24 de octubre de 2012, antes mencionado por considerar que el Magistrado Sustanciador no debió admitir las pruebas visibles de fojas 29 a 30; 67 a 148; del expediente, ya que las primeras no estaban autenticadas; y las segundas, porque no fueron practicadas con la debida participación de la contraparte, vulnerándose la garantía del debido proceso, desconociéndose los principios de igualad y contradicción. En otro aspecto, el P. manifiesta que tampoco debieron admitirse la solicitud de oficiar la consecución de copias autenticas de las actuaciones surtidas ante la Corregiduría de Ancón, el Servicio Nacional de Migración (SNM) y el Ministerio de la Presidencia, ya que acorde a su opinión, debieron ser gestionadas por el propio recurrente. Por otra parte, sostiene que la admisión del testimonio de G. De Sanctis, contradice el espíritu del artículo 909, numeral 10 del Código Judicial, tornandose en una testigo sospechosa, debido a que la misma fungió como apoderada judicial del demandante al inicio de este proceso. El señor P. de la Administración solicita, que en consideración a lo antes expuesto, no se admitan las pruebas documentales, de informes y testimoniales previamente indicadas. De otro lado, la parte actora presenta escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto por su contraparte (fs.162-172), contradiciendo legal y fácticamente, los argumentos expresados por el P. de la Administración en la sustentación del recurso, y pide sea confirmado en su totalidad el Auto de Pruebas N° 249 de 24 de octubre de 2012. DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE AD-QUEM Establecidos los razonamientos del P. de la Administración, para apelar el Auto de Pruebas N° 249 de 24 de octubre de 2012, así como la oposición a dicho recurso, dispuesta por la parte actora, proceden el resto de los Magistrados que integran la Sala, a resolver el recurso impetrado, previas las siguientes consideraciones. Se observa que en el...

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