Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 22 de Diciembre de 2014

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El señor de P. de la Administración licenciado O.C. ha presentado solicitud para que se le declare impedido y, en consecuencia se le separe del conocimiento de la Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción, interpuesta por la Licenciada N.M., en su propio nombre y representación, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.7273-2008 de 13 de octubre de 2008, dictada por la Caja de Seguro Social, los actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones. La referida petición se fundamenta en el hecho de que el 19 de febrero de 2014 N. delC.N., por conducto de su apoderada judicial, L.M.N., presentó ante la Procuraduría General de la Nación una querella penal en contra del suscrito, por el presunto delito de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos, al omitir realizar la investigación correspondiente a la queja interpuesta por la señora N. delC.N., el día 6 de diciembre de 2013, en contra de funcionario de la Caja de Seguro Social por la supuesta conducta de Acoso Laboral en perjuicio de N.A.M.N., situación que a criterio del prenombrado funcionario lo coloca en la causal de impedimento prevista en numeral 11, del artículo 760 del Código Judicial, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 395 del mismo cuerpo legal. El contenido de las disposiciones legales invocadas por el señor P. es el siguiente: "Artículo 760: Ningún Magistrado o Juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido, son causales de...

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