Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 2 de Marzo de 2016

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2016
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El licenciado C.A.M., quien actúa en nombre y representación de C.A.T., ha presentado demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción, con el objeto de que la Sala Tercera declare nulo, por ilegal, el Decreto de Personal No. 1446-2015 de 18 de junio de 2015, emitido por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre y para que se hagan otras declaraciones. Al examinar el libelo, se advierte que consta en el mismo, una solicitud de la parte actora al Tribunal, para que se sirva requerir a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, certificación en la que conste si se ha producido el silencio administrativo, documentación que debe ser aportada con la demanda para determinar su admisibilidad. Tal como lo requiere el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, para hacer viable estas solicitudes previas, consta que la parte actora gestionó ante la autoridad demandada la obtención de la documentación a que hace referencia en esta petición, al aportar copia del memorial de la solicitud, con su sello de recibido, visible a foja 27 del expediente. Por esta razón, se considera que el recurrente...

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