Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Junio de 2010

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución14 de Junio de 2010
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma G., A. y L. , quien actúa en nombre y representación de PETROTERMINAL DE PANAMÁ, S.A., ha presentado Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No.090 de 14 de julio de 2009, emitida por el Director General del Registro Público de Panamá, su acto confirmatorio por silencio administrativo negativo y para que se hagan otras declaraciones.

Al examinar el libelo se advierte que consta en el mismo, una solicitud especial que debe ser atendida de manera previa a la admisión de la demanda, consistente en una petición de documentos. En efecto, la parte actora ha solicitado al Tribunal, se sirva requerir de la Dirección General de Registro Público: copia auténtica de la Resolución N° 090 de 14 de julio de 2009, proferida por el Director General del Registro Público , con la constancia de su notificación a Petroterminal de Panamá, S.A., y del recurso de reconsideración con apelación en subsidio interpuesto por Petroterminal de Panamá, S.A. contra la Resolución N°090 de 14 de julio de 2009, proferida por el Director General del Registro Público, certifique si ha sido resuelto el Recurso de Reconsideración con apelación en subsidio interpuesto el 26 de enero de 2010 por Petroterminal de Panamá, S.A., contra la Resolución N°090 de 14 de julio de 2009, documentos estos que sirven de sustento a la acción interpuesta.

Tal como lo requiere el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, para hacer viables solicitudes previas, consta que la parte actora inició las gestiones necesarias para la obtención de la documentación a que hace referencia en esa petición, al aportar copias simples de los actos en cuestión con la consecuente solicitud formulada a este Tribunal de requerir las copias auténticas. Por esta razón, se considera que el recurrente cumplió con la exigencia de emprender las diligencias necesarias para obtener la documentación, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR