Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 4ª de Negocios Generales, 27 de Diciembre de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2007
EmisorSala Cuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La Directora General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante oficio A.J. No. 2161 de 14 de setiembre de 2007, remite el exhorto librado por la Fiscalía del Tribunal Regional de Augsburgo, República de Alemania dentro del proceso penal abierto en Augsburgo contra Forisch, P., Irslanova Nadeshda, L.R., W.D., W.P., y las personas responsables de las sociedades Ocean Asset Management, Am Trade International Partners Inc., Knightscrown inc., Lloyds International Management Inc., Lenox International LLP, Securities Registration Commission, S.P. Stock and Equities Commission Ltd., ISEC Corporation Panama, International Stock and Equity Commissions, ISIPC International Holding y I.S.E.C. International Holding Inc.

La presente carta rogatoria tiene como propósito

auxiliar judicialmente a la Fiscalía del Tribunal Regional de Augsburgo,

Baviera, en lo siguiente:

...

De especial interés son, sin embargo, los documentos

comprobatorios individuales con respecto a la entrada y salida de pagos en las

cuentas indicadas, ya que de ellos se desprende en qué (otros) bancos los

beneficiarios de los pagos salientes han establecido cuentas y quién es el

titular autorizados de dichas cuentas.

Estas informaciones son necesarias para poder iniciar medidas de auxilio jurídico con respecto a estas cuentas (adicionales).

S. para ello llevar a efecto las medidas fijadas en los autos de mandamiento de entrada y registro y confiscación en base a las disposiciones legales de su país y la custodia de los documentos, solicitamos obtener la confiscación de los mismos.

...(vf 16)

CONSIDERACIONES:

Con el objeto de decidir la viabilidad de esta solicitud, procede esta Colegiatura ha examinar si cumple con los requisitos de orden formal para estos casos, de conformidad con nuestra legislación y convenios internacionales sobre esta materia.

Sobre esta petición, tenemos que el artículo 100 numeral 3 del Código Judicial determina que es la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia la encarga de recibir y tramitar los exhortos y cartas rogatorias, veamos:

Artículo 100. (101) A la Sala Cuarta corresponde:

...

  1. Recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario o tribunal que debe cumplirlo.

Estudiada la presente rogatoria se observa que la misma es sobre materia penal, en la cual se requiere la recepción de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR