Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 19 de Mayo de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2008
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Por medio de la Sub Dirección General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, ingresó a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, el Exhorto librado en los autos caratulados "MUNDO ORGÁNICO, S. A. C/BROOM ARGENTINA, S. A. P/DAÑOS Y PERJUICIOS " que se tramita ante el Décimo Juzgado Civil, Comercial y Minas de Primera Instancia de la Provincia de Mendoza, República de Argentina, para su diligenciamiento en el territorio panameño.

La diligencia solicitada por las autoridades argentinas, está destinada a lograr lo siguiente:

1- ... ordenar lo necesario a fin de que el Puerto de Manzanillo (Dirección Nacional de Aduanas-Panamá), proceda a remitir a dicho tribunal, toda la documentación y constancias allí obrantes relacionadas con la siguiente operación:

  1. Trámite de exportación de 41.48TM de mosto concentrado de uva documentado en factura N 0001-00000151 de fecha 23/12/04 emitida por la empresa Mundo Orgánico, S.A.R.: Mundo Orgánico, S.A., Destinatario: Degussa Flavors & Fruit Systems Puerto Rico, Inc., Origen: M., Argentina. Destino: S.J. de Puerto Rico, Tracto Mendoza - Valparaíso: P.: Transportes Trimen Ltda., carta de Porte N 1284/04 AR, D. de Aduana: R.O.S., Manifiesto Internacional de Tránsito por Carretera N 04038EC03010001V de fecha 27/12/2004, Contenedores: CAXU211373-5 y CPSU 104821-2 en sendos camiones dominio TS- 8367 con semi CIA - 235 y DV-4756 con semi POY - 711. Tracto Valparaíso - Manzanillo (Panamá): P.: TMMLINES Limited LLC, B. of Lading N UENMT001570 de 4/01/2005, V.: PONL ARAUCANIA 4551N. Tracto Manzanillo (Panamá) - San Juan Puerto Rico: Porteador: TMMLINES Limited LLC, B. of Lading N MXLUUENMT001570, Booking N UENJT00594 de 5/02/2005, V.: TMMOAXACA 064N.

Corresponde a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia como ente idóneo, "recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional, así como el funcionario o tribunal que debe cumplirlo". ( numeral 3 del artículo 100 del Código Judicial).

Procede la Sala a verificar la existencia de convenios internacionales que rijan a ambas naciones en torno a la materia.

Se advierte que, tanto la República de Panamá como la República de Argentina han ratificado la Convención Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias (Ley N 12 de 23 de octubre de 1975) y la Convención...

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