Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 8 de Mayo de 2019

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2019
EmisorPleno

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce la Acción de A. de Garantías Constitucionales interpuesta por el Licenciado PERCY ROMÁN ESCOBAR, en su condición de apoderado judicial de la persona jurídica DECO HOUSE S.A. contra la Resolución No.057-DM-2019 de 19 de febrero de 2019, dictada por la Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Repartida la presente acción de tutela, a través de las reglas de reparto, procede el Pleno a decidir la admisibilidad de la presente Acción de A., de conformidad con lo que disponen las normas vigentes y los criterios jurisprudenciales que, al respecto ha dictado esta Corporación de Justicia sobre esta materia.

La Resolución atacada vía A. de Garantías Constitucionales, dictada por la Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, establece lo siguiente:

PRIMERO: CONFIRMAR la Resolución No. 055-DGT-53-18 de 5 de diciembre de 2018, proferida por la Dirección General de Trabajo en el sentido de NEGAR la solicitud de autorización de despido, peticionada por el apoderado judicial, licenciado P.R., en representación de DECO HOUSE S.A. contra los trabajadores: ANA LUZ LARA, L.M.A., DOMINGO MORALES Y R.R., debido a falta de evidencias en lo solicitado.

SEGUNDO: ENVIAR el expediente a su lugar de origen para el trámite correspondiente.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 53 de 28 de agosto de 1975, artículo 592, 914, 919, 921 y 940 del Código de Trabajo.

Al examinar el escrito de la demanda de A., a fin de determinar si concurren los presupuestos necesarios para su admisibilidad, esta Corporación de Justicia advierte, que la actora constitucional alega la violación directa por omisión del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Panamá que contiene el derecho fundamental del debido proceso, en correlación con los artículos 735, 749, 750, 781 del Código Laboral.

En el sustento de la violación a dicha norma de rango constitucional la activadora constitucional señaló que en octubre de 2018 la amparista solicita ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral autorización previa para la terminación colectiva del Contrato de Trabajo con todos sus trabajadores (ANA LUZ LARA, L.M.A., DOMINGO MORALES Y R.R.) por causas económicas previstas en el artículo 213 literal C, numeral 3 del Código de Trabajo con el pago de las prestaciones e indemnizaciones que la Ley señala; siendo negada la misma mediante Resolución No.055-DGT-53-18 de fecha 5 de diciembre de 2018. Se...

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