Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 22 de Diciembre de 2009

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

El licenciado P.C.M.Z., ha presentado Acción de Hábeas Corpus a favor de L.O.A., contra la Fiscalía Segunda Especializada en los Delitos Relacionados con Drogas.

Acogida la presente Acción, se libró mandamiento de Hábeas Corpus a la Autoridad demandada, con la finalidad de recibir el respectivo Informe de Conducta. En atención a este requerimiento la Autoridad requerida mediante Oficio Nº FDI-T22-7521-09 de 7 de diciembre de 2009, remitió su informe manifestando lo siguiente:

"1. Si es cierto que se ordenó la detención preventiva del ciudadano L.O.A., la misma fue decretada mediante Resolución de este Despacho, fechada del día ocho (8) de agosto de dos mil seis (2006).

La orden decretada en contra del señor O.A., se da luego de que el día siete de agosto de 2006, unidades de la Policiía Nacional, retienen en el sector de La Paz, al prenombrado, quien se mantenía sentado en la parte trasera de una residencia, y al notar la presencia policial intenta darse a la fuga. Al ser registrado se le encuentran tres (3) carrizos plásticos transparentes contentivos de un polvo color blanco, presuntamente cocaina, además de la suma de diecinueve balboas con sesenta centésimos (B/.19.60).

Refiere el informe policial, que al inspeccionar el lugar donde se mantenia sentado el precitado ciudadano, se encontró debajo de la silla un envase plástico con veintienue (29) fragmentos de una sustancia sólida color crema, que se presume sea cocaina en modalidad de piedra.

Mediante resolución debidamente motivada en hechos y derecho se dispuso recabar la declaración indagatoria al ciudadanos L.A.O.A., de conformidad con lo establecido en los artículos 2089 y 2092 del Código Judicial, en concordancia con lo señalado en el Capítulo V, título VII, del Libro II del Código Penal, bajo la denominación genérica DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA, RELACIONADOS CON DROGA.

Así las cosas, al rendir sus descargos O.A., señala que desconoce la procedencia de la droga encontrada por las unidades policiales.

De otro lado, también consta en autos la declaración jurada de las unidades policiales J.L. y L.T., quienes se afirmnan y ratifican del informe de novedad y narran los hechos en torno a la aprehensión de O.A..

Ahora bien, es preciso señalar que como se ha establecido desde el inicio de estas investigaciones nos encontramos ante un hecho delictivo CONTRA LA SALUD PUBLICA, Relacionado con Drogas plenamente acreditado, con los resultados de análisis de droga remitidos por el...

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