Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 17 de Marzo de 2010

PonenteJosé Abel Almengor Echeverría
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2010
EmisorPleno

VISTOS:

Ha llegado a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de Hábeas Corpus formulada por la licenciada D.U. de B., a favor del adolescente O.C.C., contra el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia.

La activadora judicial indica que el Adolescente O.C.C. "se encuentra actualmente detenido por el delito de homicidio en grado de tentativa sin que exista a la presente fecha causa legal que ordene su detención" (f.1 del cuaderno de Hábeas Corpus). Explica que en su momento, la Fiscalía de Adolescentes del Segundo Circuito Judicial, San Miguelito, ordenó la detención del menor de edad por un período de 9 meses, el cual "venció el día 17 de diciembre de 2009, no obstante a esta fecha, no se ha girado orden de parte del Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia para que dicho adolescente sea puesto en libertad por este proceso. Ni tampoco consta dentro del expediente pronunciamiento alguno que prorrogue dicha medida por un máximo de dos (2) meses tal y como lo señala el artículo 63 de la Ley 40 del Régimen Especial de Responsabilidad Penal para la Adolescencia" (fs.1-2 del cuaderno de Hábeas Corpus).

Mediante resolución judicial de 2 de febrero de 2010, el despacho sustanciador dispuso acoger la iniciativa constitucional y procedió a requerir de la autoridad jurisdiccional demandada, el envío del informe de conducta en los términos que establece el artículo 2591 del Código Judicial (f. 4 del cuaderno de Hábeas Corpus).

Ese mandato de Ley, fue atendido por la licenciada B.S.C., Magistrada Suplente del Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia, quien mediante nota N° 10-10/T.S.N.A de 4 de febrero de 2010, informó que "esta superioridad si ordenó la detención del adolescente O.C.C., mediante Resolución del 13 de diciembre de 2009...con lo cual se confirmó la Sentencia N° 93-09 de 25 de agosto de 2009, emitida por el Juzgado Penal de Adolescentes del segundo Circuito Judicial de Panamá"; y que actualmente el expediente se encuentra en el trámite de sustanciación del recurso extraordinario de casación formulado por la defensora de oficio del adolescente contra la sentencia condenatoria emitida por el Tribunal Superior de Niñez y adolescencia, mediante la cual se confirmó la decisión de primera instancia (fs.8-9 del cuaderno de Hábeas Corpus).

Por conocido el punto medular de censura esbozado por la promotora de la acción subjetiva y cumplida la formalidad legal de acopiar el correspondiente mandamiento de Hábeas Corpus por parte de la autoridad requerida, procede el Pleno de la Corte a determinar si la medida restrictiva de la libertad que pesa contra el adolescente O.C.C., satisface o no las exigencias que regentan su legitimidad procesal.

En cumplimiento de esa labor jurisdiccional, se advierte, como cuestión previa, que el adolescente O.C.C. fue sometido a los rigores de la justicia penal de adolescentes, por la comisión de delito contra la vida y la integridad personal, específicamente la conducta de homicidio doloso en grado de tentativa, en perjuicio del menor de edad V.M.B., hecho delictivo acaecido en horas de la noche del 9 de diciembre de 2008, en el sector de Samaria, Distrito de San Miguelito, Provincia de Panamá.

Mediante resolución de 2 de marzo de 2009, la Fiscalía de Adolescentes del Segundo Circuito Judicial de Panamá, dispuso recibirle declaración indagatoria a O.C.C. (fs.92-96 de los antecedentes) y mediante resolución de 17 de marzo de 2009, dispuso ordenar su detención preventiva por el término de 9 meses (fs.138-145 de los antecedentes).

La medida cautelar aplicada a O.C.C. fue sometida en consulta al Juzgado Penal de Adolescentes del Segundo Circuito Judicial de Panamá, autoridad que mediante auto vario N° 165-09 de 19 de marzo de 2009, resolvió confirmar la detención provisional que le fuera impuesta (fs.158-169 de los antecedentes).

Mediante vista N° 63 de 10 de junio de 2009, la agencia de instrucción solicitó la apertura de proceso contra O.C.C. por la infracción de las disposiciones contenidas en el Libro I, Titulo II, Capítulo VII, en concordancia con el Capítulo I, Título I, Libro II del Código Penal...

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