Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 2 de Octubre de 2007

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2007
EmisorPleno

VISTOS:

El licenciado D.F. ha presentado Acción de Habeas Corpus a favor de PASCUAL SALAS CORREA, contra el Fiscal Segundo de Drogas del Primer Distrito Judicial de Panamá.

FUNDAMENTO DE LA ACCION CONSTITUCIONAL

La parte actora sostiene que la orden de detención girada contra el señor SALAS CORREA fue dictada en base a un allanamiento de una autoridad sin facultad ni potestad para realizar este tipo de diligencias, que son propias de los funcionarios de instrucción, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 2178 del Código Judicial:

"Artículo 2178. El funcionario de instrucción puede allanar un edificio de cualquier clase, establecimiento o finca cuando haya indicio grave de que allí se encuentra el presunto imputado, efectos o instrumentos empleados para la infracción, libros, papeles, documentos o cualesquiera otros objetos que puedan servir para comprobar el hecho punible o para descubrir a sus autores y partícipes.

Tales allanamientos se practicarán entre las seis de la noche; pero podrán verificarse a cualquier hora, en lugares en que el público tiene libre acceso en los casos de flagrante delito o cuando sea urgente practicar la diligencia. En todo caso, el allanamiento deberá ser decretado por el funcionario de instrucción."

En este sentido, explica que la orden de detención impugnada es ilegal, por el hecho de que la corregidora de Amelia Denis de I., no tenia facultad para ordenar y realizar este allanamiento, de lo cual colige que al estar viciada la orden de allanamiento se vulnero el derecho fundamental de la inviolabilidad del domicilio tutelado en el artículo 26 de la Constitución Política.

Destaca además, que si el medio inicial mediante el cual se obtuvo la evidencia es ilegal o indebido, toda prueba que se obtenga será ilegal, lo que la doctrina conoce como los frutos del árbol envenenado. (Cfr. Sentencia No. 6 de enero de 1999, Sala Penal)

Por las consideraciones expuestas, se solicita que se decrete la ilegalidad de la detención que pesa sobre el encartado y en consecuencia se ordene su inmediata libertad, además de que las pruebas encontradas en el lugar de los acontecimientos sean declaradas ilegales por el modo en que se adquirieron las mismas.

MANDAMIENTO DE H.C.

Admitida la iniciativa constitucional se libró el respectivo mandamiento de habeas corpus, el cual fue atendido por el Fiscal Segundo Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, mediante Oficio FD2-T40-8503-07 de 11 de septiembre de 2007, cuya parte...

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