Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 5 de Junio de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2008
EmisorPleno

VISTOS:

Ha llegado a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el cuaderno contentivo de la acción de Hábeas Data formulada por R.P.F., contra el doctor V.C., Presidente del Patronato del Hospital Santo Tomás.

Según el activador judicial, el 31 de julio de 2007, le entregó al doctor C. una solicitud para que le suministrara información concerniente a: 1. copia autenticada del acta de la reunión que celebró el Patronato, en la cual se tomó la decisión de suspender la aplicación del Reglamento de Compras que aprobó el precitado P., y en su lugar, cumplir con lo establecido en la Ley 1 de 10 de enero de 2001 y la Ley 22 de 27 de junio de 2006; y 2. copia autenticada de cualquier otro documento que precise y detalle, la vigencia de dicha suspensión y los planes del Patronato para corregir la situación.

El despacho sustanciador mediante resolución judicial calendada 1° de octubre de 2007, decidió admitir la iniciativa constitucional (fs.8-9), lo que dio paso a que se solicitara a la autoridad pública requerida, el envío de la actuación o un informe acerca de los hechos materia de la acción.

En cumplimiento de ese mandato judicial, mediante nota N°025-PHST-07 de 31 de octubre de 2007, el doctor M.R., actual Presidente del Patronato del Hospital Santo Tomás, informa, medularmente, que en ejercicio de su autonomía el Patronato "aprobó el Reglamento de Compras de Insumos, Materiales y Equipos y de Contratación de Servicios no Médicos del Hospital Santo Tomas (sic)"; sin embargo, "Con la promulgación de la Ley N°22 de 27 de junio de 2006...y el Decreto Ejecutivo N°366 de 28 de diciembre de 2006...el Patronato aprobó suspender, por el término de tres (3) meses, los efectos del referido reglamento de compras, hasta tanto se hicieran las consultas a la Dirección General de Contrataciones Públicas y la Contraloría"; que "las actas de reuniones del Patronato, contienen la transcripción textual y expresa de todas mociones (sic), incidencias y demás temas que en su reunión de cada semana, debe aprobar el Patronato, por lo que emitir copias de dichas actas, involucraría poner en conocimiento de quien las solicita, temas ajenos a los motivos que puedan moverlo a obtener dichas copias"; y que "en ningún momento el peticionario, demostró tener un interés legítimo para solicitar la información, ni ser persona interesada" (fs.14-15).

Para resolver lo que en derecho corresponde, el Pleno procede a establecer los puntos de discusión planteados por los...

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