Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 17 de Enero de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución17 de Enero de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para resolver sobre su CALIFICACIÓN LEGAL ingresa a la SALA DE LO PENAL DE LA CORTE SUPREMA LA DENUNCIA formalizada por la Licenciada HOLANDA ROSA POLO DE TEJADA en contra del Licenciado P.C., en su condición de FISCAL PRIMERO ESPECIALIZADO EN ASUNTOS RELACIONADOS CON DROGAS, por la posible comisión del delito que consagran los artículo 336 y 338 del Código Penal (DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD e INFRACCIÓN DE LOS DEBERES DE SERVIDOR PÚBLICO), y el artículo 447 del Código Judicial (FALTAS A LA ÉTICA JUDICIAL).

LA DENUNCIA

La Licenciada HOLANDA ROSA POLO DE TEJADA denuncia la comisión del delito contemplado en el artículo 336 y 338 del Código Penal, sobre la base que el 28 de julio de 2005 el JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL remitió EN TRASLADO al funcionario judicial en mención, el CUADERNILLO QUE CONTIENE UNA PETICIÓN DE MEDIDA CAUTELAR en favor de

JADIRA IVETH VACCEANIE DE J., y que el jueves 4 de agosto de 2005, debía devolverlo al juzgado en mención (f.3)

Sin embargo, explica la denunciante, casi un mes ha transcurrido y el funcionario judicial acusado no ha remitido el cuadernillo al juez de la causa. Agregó que advirtió al Juez de la causa sobre esa situación de extemporaneidad, y que el tribunal se comunicó con la FISCALÍA DE DROGAS, pero ese despacho hizo caso omiso (f.3).

La denunciante concluye con la solicitud de que se investiguen estas violaciones al Debido Proceso, y se sanciones por desacato (f.3).

SOLICITUD DE LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN

Al emitir la correspondiente VISTA FISCAL, la funcionaria de instrucción considera que la "...querellante no aportó prueba sumaria y tampoco nos indició el por qué no presentó documentación que acredita la comisión de un presunto delito de Abuso de Autoridad. Lo que requirió fue que este despacho solicitara las pruebas que en su momento debió presentar", por lo que solicita que se dicte un SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y el ARCHIVO de la presente encuesta penal, de conformidad con lo que establece el artículo 2467 del Código Judicial (fs.12-13).

DECISIÓN DE LA SALA DE LO PENAL DE LA CORTE SUPREMA

Es importante adelantar que la Licenciada HOLANDA ROSA POLO DE TEJADA presentó escrito de QUERELLA en contra del servidor judicial acusado ante la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y mediante providencia de 28 de septiembre de 2005, ese Despacho de instrucción no ADMITIÓ la QUERELLA, por considerar que no acreditó su legitimidad para actuar (f.8).

Pese a que la...

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