Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Septiembre de 2008

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2008
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Pendiente de calificar el mérito del sumario se encuentra la encuesta iniciada con la querella propuesta por el licenciado V.C., por delitos de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos, contra el licenciado J.A. Prado, en su condición de Director de Investigación Judicial. (DIJ).

ANTECEDENTES

De acuerdo con el licenciado V.C. la otrora Policía Técnica Judicial, procedió a ejecutar una orden de detención en su contra emitida por la Fiscalía Cuarta del Primer Circuito Judicial de Panamá, a pesar que el oficio girado para tales efectos no reunía los requisitos necesarios. En este sentido, manifestó el oficio no estaba firmado y fue remitido a través de un número de fax que correspondía a la firma forense Infante & P.A..

Agregó que el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá declaró ilegal la detención ordenada por la Fiscalía Cuarta de Circuito, sin embargo, la oficina de Interpol Panamá remitió diversas notas en las cuales se difundía Alerta Roja contra su persona, por lo cual fue retenido en Colombia y deportado a suelo patrio, pese a que no había orden de captura vigente.

Según el postulante el licenciado A.P. tenía conocimiento de los hechos, por lo cual considera que la actuación del mencionado es censurable dado que no ha respetado decisiones de autoridades jurisdiccionales. En esta dirección, adujo como infringidos los artículos 336, 338 y 342 del estatuto punitivo vigente a la fecha de los hechos. (v.f. 2 a 99)

La Procuraduría General de la Nación mediante resolución visible a folios 108 a 114 dispuso no admitir la querella propuesta por el licenciado V.C., en vista que consideró no se presentó la prueba sumaria respectiva.

Por medio de vista consultable a fojas 119 a 126 el Ministerio Público recomendó que al momento de calificar el sumario se ordene el archivo por falta de prueba sumaria.

FUNDAMENTOS LEGALES

En este etapa del proceso es necesario tener presente que el licenciado C., entre otras cosas, en su momento querelló por la supuesta comisión de delitos Contra la Administración Pública, en su modalidad de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes de los Servidores Públicos. Ambos ilícitos precisan de prueba sumaria como requisito de procedibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 2467 del Código Judicial y en atención a reiterados precedentes.

La prueba sumaria, de acuerdo con el artículo citado en el párrafo que...

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