Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 21 de Diciembre de 2001

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Licenciado J.L.H., actuando en representación de N.G. DE PUI, presentó recurso de reconsideración contra la Resolución de 26 de noviembre de 2001, proferida por la Sala Tercera de la Corte Suprema, que DECLARO NO PROBADAS las Excepciones de Pago e Inexistencia de obligación, promovidas dentro del Proceso Ejecutivo por Cobro Coactivo que le sigue la Caja de Seguro Social a WILLIAM PUI O'BRIEN (Q.E.P.D.).

De inmediato advierte esta Superioridad, la improcedencia del recurso propuesto, toda vez que conforme a lo previsto en el artículo 99 (antes 100) del Código Judicial, en concordancia con el artículo 1780 segundo párrafo (antes 1804) ibídem, las excepciones en los procesos por cobro coactivo serán resueltas por la Sala Tercera en única instancia y las resoluciones que dicta la Sala Tercera en estos procesos, son finales, definitivas, obligatorias, y no admiten recurso alguno.

De acuerdo a las disposiciones citadas, la Corte viene rechazando de plano, las impugnaciones que se presenten contra las sentencias que deciden las excepciones, tercerías, incidentes etc., en los procesos por cobro coactivo. (v.g. resoluciones de 15 de junio de 1999 y 19 de agosto de 1999). De allí, la...

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