Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 1ª de lo Civil, 26 de Agosto de 2002

PonenteJOSÉ A. TROYANO P.
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2002
EmisorSala Primera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado R.A.S.G., actuando en nombre y representación de la Señora LOURDES DEL CARMEN ESTRIBÍ RODRÍGUEZ, interpuso recurso de casación contra el auto de 26 de octubre de 2000, dictado por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, que decidió el incidente de embargo promovido en su contra por M.S.E., dentro del proceso ejecutivo promovido por la recurrente contra PATRICIO ESTRIBÍ.

Mediante auto de 25 de julio de 2002, esta S. ordenó la corrección de la causal que constituye este recurso de casación en el fondo, ya que tenía un defecto subsanable.

Según consta en el informe de la Secretaría de la Sala Civil, visible a foja 175, la recurrente no presentó el escrito de corrección dentro del término que se le había concedido para ello.

En vista de lo anterior, se debe declarar inadmisible el recurso, en atención a lo normado en el artículo 1181 del Código Judicial.

En mérito de lo anterior, la Corte Suprema, SALA DE LO CIVIL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR