Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 17 de Julio de 2000

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución17 de Julio de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El

licenciado G. De Puy Barranco, apoderado judicial de la sociedad JOYERIA LA

ESPAÑOLA,S.A. ha presentado desistimiento del recurso de casación laboral

interpuesto contra la sentencia de 11 de abril de 2000 proferida por el

Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso

laboral: D.E.H. -VS- JOYERIA LA ESPAÑOLA, S. A.

El

recurrente presentó un Mutuo Acuerdo firmado por las partes a través del cual

acuerdan, entre otras cosas, desistir del presente proceso (Cfr. fojas 9 y 10).

Dentro de

este contexto, la Sala estima que el desistimiento presentado es procedente y

debe acogerse, toda vez que los artículos 941 y 942 del Código de Trabajo

señalan que se puede desistir en cualquier estado del proceso, siempre que

medie facultad expresa para ello y se cuente con la conformidad de la otra

parte, requisitos que se cumplen en el presente caso.

Como

corolario de lo antes expresado, la Sala Tercera (LABORAL) de la Corte Suprema,

administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley,

ADMITE el desistimiento del recurso de casación laboral interpuesto contra la

sentencia de 11 de abril de 2000 proferida por el Tribunal Superior de Trabajo

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