Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 21 de Abril de 1995

PonenteDÍDIMO RÍOS VÁSQUEZ
Fecha de Resolución21 de Abril de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licdo. H.C.R., quien actúa en representación del señor A.B., ha presentado recurso de casación laboral contra la sentencia expedida por el Tribunal Superior de Trabajo Nº 3 del 2 de marzo de 1989, dentro del proceso laboral promovido por su representado contra M. andC., S.A. y otros. En el recurso se pide a la Sala que case la sentencia de segunda instancia y que condene a la empresa demandada a pagar al trabajador demandante las prestaciones reclamadas en el proceso.

Se trata de un proceso laboral en el cual el demandante pide que le sea reconocida la relación laboral que existió entre ambas partes y que, como consecuencia, la demandada sea condenada a pagar las reclamaciones formuladas en la demanda. La juzgadora de primera instancia absolvió a la empresa demandada y el Tribunal Superior de Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia.

El recurrente considera que la sentencia de segunda instancia ha infringido los artículos 64, 96, 62 y 12 del Código de Trabajo.

Por su parte, el abogado A.H., quien representa a la empresa demandada, ha presentado un escrito mediante el cual se opone a las afirmaciones del recurrente.

La Sala pasa a examinar los cargos que el actor le hace a la sentencia por él impugnada.

Considera el apoderado judicial especial del demandante que la sentencia de segunda instancia ha infringido el artículo 64 del Código de Trabajo porque "la sentencia recurrida incurrió en el error de no valorar las pruebas consultables a folios 10, 11, 13, 14, ... error que se traduce en la violación del artículo 64 del Código de Trabajo que describe en qué consiste la subordinación jurídica laboral, probada en esta causa con las pruebas antes descritas". Igualmente señala que el artículo 96 del Código de Trabajo ha sido violado porque "no le reconoce valor probatorio, según las reglas de la sana crítica, a las pruebas consultables a fojas 26-33, 50-57 ... mediante el cual se demuestra que en el presente caso existe unidad económica".

Sobre la violación al artículo 62 del Código de Trabajo, el recurrente hace un resumen de la actuación del juzgador con respecto a la citación del representante legal de una de las diez compañías demandadas y expone porqué no está de acuerdo con la actuación y valoración del Tribunal Superior en cuanto a unas pruebas que, según él, son esenciales para obtener un fallo a su favor.

La S. en reiteradas ocasiones ha señalado que el recurso de casación laboral no es una tercera instancia, así...

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