Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Agosto de 2002

PonenteGABRIEL E. FERNÁNDEZ M.
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2002
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Lcda. A.J.Z., actuando en nombre de representación de N.P.P. ha formalizado recurso de casación en el fondo contra la sentencia penal de segunda instancia dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia calendada 9 de julio de 2001, la cual confirma la sentencia de 8 de mayo de 2001 dictada por el Juzgado Séptimo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial que la condena a la pena de 48 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual período, por la comisión del delito de aborto provocado en grado de tentativa.

A continuación debe la Sala examinar si el recurso cumple con los requisitos que establece la ley para su admisibilidad.

En primer lugar, se observa que el mismo ha sido presentado contra una sentencia definitiva de segunda instancia dictada por el Segundo Tribunal Superior por un delito que tiene señalada pena de prisión superior a dos años y ha sido presentado dentro de los términos legales.

Se observa que está dirigido al Presidente de la Sala de lo Penal, de la Corte Suprema de Justicia en atención a lo previsto en el artículo 101 del Código Judicial.

Con relación a la historia concisa del caso, la recurrente ha descrito los momentos más importantes del proceso, y al final de su descripción deja entrever brevemente el vicio de injuricidad contra la sentencia aludida. Lo que es acorde con la técnica casacionista.

La jurista invoca dos causales para fundamentan el recurso extraordinario de casación a saber:

Primera causal: ACuando se haya incurrido en error de derecho al calificar el delito si la calificación ha debido influir en la extensión de la pena aplicable@, causal que se encuentra inmersa en el numeral 3 del artículo 2430 antes 2434 del Código Judicial, la cual se encuentra correctamente invocada.

Siguiendo la estructura del recurso, la casacionista desarrolla tres motivos para fundamentar su causal, lo cual ha sido en forma precisa, concreta y clara, por lo que guarda congruencia con la causal invocada, se observa el cargo de injuricidad que le endilga al fallo del Ad-quem.

Con relación a las disposiciones legales infringidas, la recurrente transcribe los artículos 142, 44 y 1 del Código Penal e indica que fueron infringidos en concepto de violación directa por comisión y el último en concepto de violación directa por omisión. Desarrolla y explica a continuación de cada excerta legal como se dio la infracción de conformidad con lo establecido en la técnica...

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