Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Abril de 2007

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución19 de Abril de 2007
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense RUBIO, ALVAREZ, SOLIS & ABREGO, actuando en nombre y representación de CORTES Y RELLENOS, S.A., ha interpuesto recurso de hecho contra la resolución de 28 de septiembre de 2006 mediante la cual el Primer Tribunal Superior de Justicia les negó el término para formalizar el recurso de casación anunciado contra la resolución de 12 de septiembre de 2006 dictada por dicho Tribunal, dentro del proceso oral de impugnación o nulidad de la Reunión Extraordinaria de Accionistas de CORTES Y RELLENOS, S.A., interpuesto por R.M.A.A. y OTROS contra CORTES Y RELLENOS, S.A.

Encontrándose el proyecto en lectura del resto de los magistrados que componen la Sala Civil, la firma forense recurrente, ha presentado escrito de desistimiento del recurso de hecho interpuesto.

"Quien suscribe, RUBIO, A., SOLIS & ABREGO, apoderados de CORTES Y RELLENOS, S.A., dentro del proceso descrito al margen superior de este escrito, por este medio, comparecemos ante Usted a fin de DESISTIR DEL RECURSO DE HECHO presentado contra la resolución de fecha 28 de septiembre de 2006 dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial que resuelve "NIEGA el término para la formalización del recurso de casación" anunciado contra la resolución de 12 de septiembre de 2006.

Panamá, 9 de febrero de 2007.

Por RUBIO,A.,SOLIS &ABREGO

Fernando Berroa Jované

Cédula No.4-268-399 (fs.29)"

El artículo 1087 del Código Judicial expresa que "Toda persona que haya entablado una demanda, promovido un incidente o interpuesto un recurso, puede desistir expresa o tácitamente..."

Por su parte el artículo 1089 establece que "El desistimiento debe presentarse por escrito ante el Juez que conoce del proceso, incidente o que concedió el recurso o ante el superior, según el despacho donde se encuentre el expediente" y que "el escrito debe ser presentado personalmente al Secretario del...

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