Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Agosto de 2014

PonenteWilfredo Sáenz Fernández
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: La S. Penal de la Corte Suprema de Justicia, conoció del Recurso Extraordinario de Revisión Penal interpuesto por la Licenciada G.M., actuando en representación del señor J.A.S.V., contra la Resolución del 30 de noviembre de 2012, emitida por la S. Segunda de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual casa la sentencia del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, y lo condenó a la pena de nueve (9) años de prisión, por el delito Contra EL Patrimonio Económico (Robo Agravado), en perjuicio de H.V.V. y otros. Esta S. mediante Resolución de 22 de noviembre de 2013, resolvió no admitir el Recurso de Revisión interpuesto y sobre ésta decisión la licenciada G.Q.F. ha presentado Recurso de Reconsideración, con la finalidad de que se admita el Recurso de Revisión; toda vez que los elementos aportados merecen ser analizados y valorados, para que la causa del señor S.V., sea decidida de una forma más ecuánime. Ahora bien, sin entrar en mayores consideraciones de fondo, esta Corporación de Justicia advierte, que la resolución objeto de recurso, no se enmarca dentro de las enumeradas en el artículo 2494 del Código Judicial, el cual es claro en señalar que los autos de enjuiciamiento y de sobreseimiento serán dictados por todos los Magistrados del Pleno, de la S. o según sea el caso, para lo que sólo se puede presentar contra ellos Recurso de Reconsideración, cuando actúan como tribunales que califican las sumarias en única instancia. Siendo así, la resolución a la cual ataca la letrada a través del recurso de reconsideración, no se encuentra dentro de los presupuestos de nuestro libro de procedimiento penal antes...

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