Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 25 de Septiembre de 2001

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES R
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2001
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ingresó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitud de revisión presentada por ARMENGODT MUTIS HERNÁNDEZ, condenado por el Juez Quinto del Circuito Penal a pagar la pena de 180 meses de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por igual periodo, por delito de tráfico internacional de drogas, sentencia condenatoria confirmada por el Segundo Tribunal de Justicia.

En cumplimiento de lo normado en el artículo 2020 del Código Judicial - que impone a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la obligación de poner en conocimiento de los Defensores de Oficio del Instituto de Defensoría de Oficio los recursos de apelación, casación y revisión ingresados a dicha Superioridad, a fin de que éstos interpongan dichos recursos a favor de los reos que no tienen un abogado que los represente-, se remitió la solicitud al Instituto de Defensoría de Oficio, asignándose a la licda. T.I., para que formalizara el recurso, si a ello hubiere lugar.

Mediante escrito presentado en la Secretaría de la Sala Penal, la Licda. I., después de hacer un sucinto relato de cómo se dieron los hechos que dieron lugar al presente negocio de revisión y analizados cada uno de los argumentos embozados por el proponente, concluye con un ANALISIS DE FONDO, en donde invoca el artículo 2458 (reenumerado 2454) del Código Judicial relativo al recurso de revisión e indica lo siguiente:

En esta oportunidad, y aún cuando sea el querer de mi patrocinado de oficio, no se da ninguna de esas causales, lo que imposibilita la...

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