Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Mayo de 2001

PonenteCÉSAR PERERIA BURGOS
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2001
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado D.E.C.G. actuando en representación de J.L.L., R.L.L., D.B. y C.H., presentó ante la Secretaría de la Sala Penal de la Corte Suprema escrito en el cual solicita la extinción de la acción penal de los delitos falsificación, estafa, usurpación o asociación ilícita, los que, de acuerdo a la acusación formulada por el apoderado judicial de I.D.M., incurrieron los mandantes del licenciado G..

Es muy probable que el licenciado C. formalizara el incidente de extinción de la acción penal por ocasión de que ésta S. había aprehendido el conocimiento del recurso de casación presentado por la firma forense R., A., S. y A. contra el auto de 2 de agosto de 1996, proferido por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que no admitió el recurso de apelación contra la resolución de 14 de septiembre de 1995, dictado por el Juzgado Octavo del Primer Circuito Judicial de Panamá que sobresee definitivamente a J. y R.L.L., además de D.B., C.H. y a E.C., por la comisión de los delitos contra la fe pública, el patrimonio y la seguridad colectiva.

Sin embargo, es necesario advertir que ese recurso de casación fue resuelto por esta Superioridad mediante sentencia de 4 de mayo de 2001, al casar el auto de 2 de agosto de 1996, proferido por el Segundo Tribunal Superior.

En consecuencia, la Sala carece de competencia para conocer y resolver la incidencia que plantea el licenciado...

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