Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Mayo de 1996

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Magistrada Aura E. Guerra de V. ha manifestado impedimento para conocer de la demanda de inconstitucionalidad formulada por la licenciada MARIBLANCA STAFF WILSON contra la palabra "abandonase" Contenida en el artículo 494 del Código de la Familia.

La Magistrada Aura E. Guerra de V. fundamenta su impedimento en los siguientes términos:

"Como quiera que formé parte como miembro de la Comisión Codificadora del Código de la Familia y del Menor, me encuentro impedida de conocer de la presente demanda de inconstitucionalidad.

Fundamento mi impedimento en el artículo 2562 numeral 2 del Código Judicial:

"2562 Son causales de impedimento:

...

  1. Haber dictado el acto acusado o intervenido en su preparación o expedición."

Observa el resto del Pleno, que la situación expuesta por la Magistrada Sustanciadora se subsume en lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 2562 del Código Judicial. Una vez configurada la causal de impedimento, lo procedente, es, pues, declarar legal el impedimento invocado por la Magistrada.

En consecuencia, la Corte Suprema, Pleno administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA que es LEGAL el impedimento invocado por la Magistrada Aura E. Guerra de V. para conocer de la demanda...

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