Resolución Nº 10 de 4 de febrero de 2009, 'POR LA CUAL SE ORGANIZA EL PROCEDIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO REGULADO EN EL ARTÍCULO 27 DEL TEXTO ÚNICO DE LA LEY Nº 23 DE 30 DE DICIEMBRE DE 1986 Y LA LEY Nº 13 DE 27 DE JULIO DE 1994, EN EL CUAL SE DISPONE EL TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN Y SUPERVISIÓN POR PARTE DE LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN, DEL USO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS INCAUTADAS CON LA FINALIDAD DE ENTRENAR CANES UTILIZADOS POR LAS AUTORIDADES PARA DETECTAR DROGAS ILÍCITAS'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO PÚBLICO

Procuraduría General de la Nación

RESOLUCIÓN Nº 10

(4 de febrero de 2009)

"Por la cual se organiza el procedimiento para el cumplimiento de lo regulado en el artículo 27 del Texto Único de la Ley Nº 23 de 30 de diciembre de 1986 y la Ley Nº 13 de 27 de julio de 1994, en el cual se dispone el trámite de autorización y supervisión por parte de la Procuradora General de la Nación, del uso de pequeñas cantidades de drogas incautadas con la finalidad de entrenar canes utilizados por las autoridades para detectar drogas ilícitas".

LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN,

En uso de sus facultades legales y constitucionales,

CONSIDERANDO:

Que el Texto Único de la Ley Nº 23 de 30 de diciembre de 1986 y la Ley Nº 13 de 27 de julio de 1994, que reforma normas del Código Penal y del Código Judicial y adopta disposiciones especiales sobre delitos relacionados con drogas, para su prevención y rehabilitación, dispone en su artículo 27 que el Procurador General de la Nación deberá autorizar y supervisar el uso de pequeñas cantidades de drogas incautadas, a fin de entrenar canes utilizados por las autoridades con la finalidad de detectar drogas ilícitas.

Que en la actualidad el entrenamiento de canes mediante el uso de pequeñas cantidades de drogas con el fin de que puedan detectar sustancias ilícitas, constituye una actividad desarrollada por las entidades policiales encargadas de perseguir las distintas modalidades de delitos relacionados con éstas.

Que se ha hecho necesaria la organización de un procedimiento que permita a la Procuradora General de la Nación cumplir con el deber legal consagrado en el artículo mencionado, con apoyo de las agencias del Ministerio Público que ejercen la acción penal en los delitos relacionados con drogas.

Que por medio del presente instrumento se aumentan los niveles de transparencia respecto a las actividades que conciernen a los funcionarios públicos que se encargan del manejo de sustancias ilícitas en general; y de modo específico, en materia relacionada con el uso de estupefacientes por las autoridades competentes para entrenar canes en la detección de sustancias ilícitas.

5. Que conforme al artículo 329 del Código Judicial, el Procurador General de la Nación tiene, entre otras, la facultad de introducir cambios en la organización administrativa de las agencias del Ministerio Público.

RESUELVE:

PRIMERO: Se organiza el procedimiento para el cumplimiento...

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