Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Agosto de 2003

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado N.P., actuando en nombre y representación de M.A.R., presentó ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de indemnización para que se ordene al Ministerio de Educación el pago de B/.155,000.00 en concepto de daños y perjuicios, en razón del accidente de tránsito ocurrido el 14 de octubre de 1999.

El Magistrado Sustanciador procede a examinar la demanda, con el objeto de comprobar que cumple con los requisitos legales que se exigen para su admisión.

En ese orden de ideas, el suscrito observa que el libelo de demanda adolece por completo de dos de los requisitos enumerados en el artículo 43 de la Ley 135 de 1943. Así, en primer término, el apoderado judicial de la parte actora omite la individualización clara de las partes y sus representantes, recordando que la Procuradora de la Administración interviene, por mandato legal, en cualquier proceso que se surta ante esta S..

Por otra parte, el demandante no cumple con el apartado relativo a lo que se demanda en el que se debe indicar las prestaciones que se pretenden; y también omite señalar las disposiciones legales que se estiman infringidas y el concepto de violación de las mismas. Con relación a este requisito, la jurisprudencia de esta S. en Autos de 15 de abril de 2003, 5 de agosto de 2002, 27 de febrero de 2002, 22 de septiembre de 1999, entre otros, ha...

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