Resolución Nº 106-23 de Superintendencia del Mercado de Valores del 27 de marzo de 2023

Sentido del falloRegistrar la modificación a los términos y condiciones de los Bonos Corporativos por un valor nominal de hasta Sesenta Millones de Dólares (US$60,000,000.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, registrada ante la Superintendencia de Mercado de Valores mediante la Resolución SMV No. 126-16 del 9 de marzo de 2016
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y sus leyes reformatorias, Texto Único del Acuerdo No.4-2003 de 11 de abril de 2003.
Número de resolución106-23
Fecha27 Marzo 2023
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIO~Q
(O 6 -23
(De d7 de de 2023)
La
Superintendencia
del
Mercado
de
Valores,
en
uso
de
sus
facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 14 del Texto
Único
del Decreto Ley No. 1
de
8
de
julio
de
19
99
y
sus
leyes
refonnator
ias,
atribuye al
Superintendente
del
Mercado
de
Valores
la
facultad de resolver las solicitudes
de
registro
de
va
l
ores
para
ofertas
públicas y
cualesquiera
otras
que
se
presenten a
la
Superintendencia
con
arreglo a
la
Ley
de l
Mercado
de Valores;
Que
mediante
la
Resolución
No.SMV-308-22
de
7
de
septiembre
de
2022
, el
Superintendente
del
Mercado
de
Valores resolvió
delegar
en
el
titular
de la Dirección
de
Emisores
o a
qui
en le
supla
en
su
ausencia,
autor
izar
el
registro
de
modificación
de
términos
y condiciones
de
va
lores registrados;
Que
al
emisor
Compañía Azucarera La Estrella, S.A., sociedad
anónima
constituida
y
organizada
bajo las
leyes
de
la
República
de
Panamá,
debidamente
inscrita
en
el Registro
Público
de
Panamá, Sección
de
Micropelículas Mercantil,
al
Folio
2004(S)
se
le autorizó
para
ofe1ta
pública
de
los
Bonos
Corporativos
por
un
valor
nominal total
de
ha
sta
Sesenta
Millones
de
Dólares
(US$60
,
000
,
000.00)
,
moneda
de
curso
legal
de
los
Estados
Unidos
de
América, registrada
ante
la
Superi
ntendenc
ia
del
Mercado
de
Valores, tal
como
consta
en
la
Resolución
No.
SMV-126-16
de
9
de
marzo
de
20
'.
6 y sus modificaciones;
Que
Compañía Azucarera La Estrella, S.A., solicitó
ante
la
Superintendencia
del
Mercado
de Valores,
el
registro
de
modificación
de
los té1minos y
condiciones
de
los
Bonos
Corporativos
antes
detallados
,
con
fundamento
en el
Acuerdo
No.4-2003
de
14
de
julio
de
2021 ;
Que
la
solicitud
en
referencia,
así
como
los
documentos
que
la
sustentan fueron
analizados
por
la Dirección
de
Emi
so
res de
esta
Superintendencia,
emitiéndose
los respectivos
comentarios,
mismos
que
fueron
debidamente
atendidos
por
el solicitante;
Que
la
solic
itud consiste
en
modificar
los té1minos y
condiciones
de
los
Bonos
Corporativos
detallados
anteriormente,
en
lo
que
respecta
en
la
propuesta
visible
en
el
comunicado
de
hecho
de
importancia
autorizado y
que
fuera
debidamente
divulgado
por
el
emisor
en
la
plataforma
SERI,
el 3
de
marzo
de
2023;
Por
lo
anterionnente
expuesto,
la
Superintendencia
del
Mercado
de
Valores,
en
ejercicio
de
sus
funciones
,
RESUELVE:
Artículo Único: Registrar la
modificación
a los
términos
y condiciones de los
Bonos
Corporativos
por
un
valor
nominal
de
Sesenta
Millones
de
Dólares
(US$60,000
,
000.00)
,
moneda
de
curso
legal de los
Estados
Unidos
de
América,
registrada mediante
la
Resolución
No.
SMV-126-16
de
9
de
marzo
de
2016,
de
la
sociedad
Compañía Azucarera
La
Estrella, S.A.,
en
lo
que
respecta a lo siguiente:
Término y Términos y Condiciones Originales Términos y Condiciones a Modificar
Condición
Fecha
de
Los
Bonos
tendrán vencimientos
según
se
Los
Bonos
tendrán
vencimientos
según
se
Ofetta
y
est
ipula
a
continuación
,
contados
a partir
de
estipula
a
continuación
(su
"Fecha
de
Fecha
de
su Fec
ha
de Liquidación
(su
"
Fecha
de
Vencimiento"):
Vencimiento Vencimiento"):
Serie
A: 7
años
contados
a partir
de
Serie
A:
13
años
conta
do
s a
partir
de
la
Fec
ha
de
Liquidación
de
dicha
la
Fecha
de
Liquidación
de
dicha
Serie
. Serie, es decir, que la Fecha
de
Vencimiento
de
los Bonos Serie A
será el
12
de abril
de
2029.
Serie
8:
7
años
contados
a partir
de
Serie
B: 13
años
contados
a
pattir
de
la Fecha de Liquidación
de
dicha
la
Fecha
de Liquidación
de
dicha
Ser
ie. Serie, es decir,
aue
la Fecha
de

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