Resolución N° 56,874-2024-J.D.. Por la cual se aprueba previo cumplimiento de los requisitos legales, la exclusión del catálogo de bienes y servicios de la caja de seguro social el siguiente renglón: sodio bifosfato 19g/sodio fosfato 7g ó dss (dioctil sulfosuccinato sódico) 0.01g/sorbitol 13.4g, solución, (enema), envase plástico descartable con cánula rectal, 60-135ml, vía rectal.

Fecha de publicación04 Abril 2024
Fecha12 Marzo 2024
EmisorCAJA DE SEGURO SOCIAL
No. 30003-A Gaceta Oficial Digital, jueves 04 de abril de 2024 1
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PA~AMA
12
de
marzo
de
202
J .
RESOLUCIÓN
56,
874-2024-J.
D.
La Junta Directiva de
la
Caja de Seguro Social,
en
uso de sus facultades legales y reglamentarias, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de
la
nota No. D.G.-CldeFT-11-2024 del 16 de enero de 2024 , el Director General
presenta a consideración de
la
Junta Directiva formal solicitud de aprobación de exclusiones de
renglol")es de
la
Lista Oficial de Medicamentos con base en
el
artículo 16 de
la
Resolución No.
53, 128-2019-J.D. de 28 de febrero de 2019;
Que mediante Resolución No. 41,725-2009-J.D. de
22
de diciembre del 2009, este organismo
colegiado aprobó las Políticas de Medicamentos de
la
Caja de Se·guro Social,
la
cual entre sus
principios rectores contempla
la
atención integral de salud a los jubilados, pensionados, asegurados y
dependientes de
la
Institución;
Que el sistema de servicios de salud incluye
la
prestación en materia de medicamentos,
la
cual
se
brinda con criterios de eficacia, equidad, calidad y efectividad, por
lo
que corresponde a
la
Caja de
Seguro Social
la
formulación y seguimiento de una política interna de medicamentos que garantice
disponibilidad, accesibilidad y control de medicamentos de acuerdo con las normas, protocolos y
guías clínicas institucionales homologadas para tal efecto;
Que mediante Resolución No.
53;
128-2019-J.D. de 28 de febrero de 2019, se deja sin efecto
la
Resolución No . 45,594-2012-J.D. de 27 de marzo de 2012 que aprueba el Reglamento de
la
Comisión de Medicamentos de
la
Caja de Seguro Social y
la
Resolución No. 48,573-2014-JD de
30
de septiembre de 2014 que aprueba
el
Comité de Análisis Costo Efectividad Clíni
co
(ACEC) de
la
Comisión de Medicamentos, y; se aprueba
el
Reglamento de
la
Comisión Institucional de
Farmacoterapia de
la
Caja de Seguro Social;
Que el artículo 1 del Reglamento de
la
Comisión Institucional de Farmacoterapia de
la
Caja de
Seguro Social, establece que dicha Comisión es
el
organismo técnico, científico y consultivo adscrito
administrativamente a
la
Dirección General, encargada del proceso de selección de las moléculas o
principios activos (inclusión, modificación y exclusión) y de
la
descripción de los renglones de
la
Lista
Oficial de Medicamentos (LOM);
Que
el
artículo 8 literal a, b y
e,
del Reglamento de
la
Comisión Institucional de
Fa
rmacoterapia de
la
Caja de Seguro Social, dispone que es función de dicho ente, evaluar
la
conveniencia de incluir,
excluir o modificar los distintos principios activos
en
la
Lista Oficial de Medicamentos de
la
Caja de
Seguro Social, y evaluar
la
posibilidad de excluir de oficio renglones de
la
LOM y recomendarlos a
la
Dirección General, mediante informe técnico; que será remitido con el proyecto de resolución de
Junta Directiva, para
la
consideración y aprobación final;
Que de conformidad con el artículo 14 del precitado Reglamento las solicitudes para
la
inclusión,
modificación o exclusión, podrán ser iniciadas por los Comités Locales de Farmacoterapia de las
unidades ejecutoras,
pa
ra tal fin, los servicios o programas clínicos solicitantes deben presentar y
sustentar su solicitud ante
la
Comisión Institucional de Farmacote rapia, quien asistida por
la
Unidad
Nacional Farmacoterapia evaluara
la
conveniencia de incluir, excluir o modificar los distintos
principios activos en
la
Lista Oficial de Medicamentos, sujeto a
la
aprobación de
la
Junta Directiva;
Que, con fundamento en
fo
anterior el Pleno de
la
Comisión Institucional de Farmacoterapia, en
Sesión y Acta No.42-2023 de 7 de diciembre de 2023, decidió de oficio recomendar
la
EXCLUSIÓN
del renglón SODIO BIFOSFATO 19g/SODIO FOSFATO 7g ó DSS (DIOCTIL SULFOSUCCINATO
SÓDICO) 0.01g/SORBITOL 13.4g,
solución,
(enema), envase
plástico
descartable
con
cánula
rectal, 60-135ml, Vía Rectal, VEN:
E.
GRADO
DE
DISTRIBUCIÓN 01, Sin Uso Restringido, indicado
en
constipación, para limpieza del colon previo a uri procedimiento radiológico, endoscópico o
quirúrgico;
Que
la
Unidad Nacional de Farmacoterapia de
la
Comisión Institucional de Farmacoterapia , previa
investigación independiente y evaluación de toda
la
documentación recopilada por
el
evaluador,
presenta
su
Informe Técnico Científico y Administrativo, para el análisis de
la
Comisión Institucional
de Farmacoterapia;
Que
la
Comisión Institucional de Farmacoterapia
en
Sesión Ordinaria del
07
'de diciembre de 2023,
Acta No. 42, luego de analizar el Informe Técnico Científico y Administrativo .elaborado por el equipo
técnico de
la
Unidad Nacional de Farrnacoterapia,
la
Comisión Institucional.
,de
Farmatoterapia
recomienda
al
Direct!:Jr
General, ·
1a
EXCLUS~ÓN
del SODIO BIFOSFATO 191
9/SODIO FOSFATO 7g
ó DSS (DIOCTIL SULFOSUCCINATO SODICO) 0.01g/SORBITOL 13.4g,
solución,
(enema),
envase
plástico
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Vía Rectal, con base en los siguientes
sustentos:
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No. 30003-A Gaceta Oficial Digital, jueves 04 de abril de 2024 2
)
Res.No.56,874-2024-J.D.
,.
No se adquiere desde
el
2013 a nivel central y desde 2022 a nivel local; convocatorias
desiertas sin proponentes; de difícil adquisición desde 2020;
en
desabastecimiento crítico sin
resultados.
Es
un
medicamento que es utilizado y necesario tanto para
la
población adulta, como para
la
pediátrica.
Se encontró un producto registrado en
la
base de datos digital de
la
DNFYD a
la
fecha de
este informe 04-12-2023
Se encontró
un
oferente registrado según catálogo del Registro Nacional de Oferente, a
la
fecha de este informe 04-12-2023
Cuenta con Ficha Técnica, de acuerdo con el Sistema de Fichas Técnicas del Comité
Nacional Técnica lnterinstitucional
Se encuentra en el listado conjunto de los medicamentos del Ministerio de Salud y Caja de
Seguro Social, para prevenir
la
escasez, conforme
lo
dispuesto
en
el
artículo 1 O de·
la
Ley 97
de 2019, de acuerdo a
la
Resolución No. 820 de 17 de octubre de 2023, publicada
en
Gaceta
Oficial No. 29920 del
30
de noviembre de 2023.
Que en cumplimiento de
lo
dispuesto en
el
acápite e del Artículo 8 del Reglamento de
la
Comisión
Institucional de Farmacoterapia,
el
Director General mediante nota No. D.G.-CldeFT-11-2024 del 16
de enero de 2024, remite para
la
consideración y aprobación final de
la
Junta Directiva,
la
EXCLUSIÓN del renglón SODIO BIFOSFATO 199/SODIO FOSFATO 79 ó DSS (DIOCTIL
SULFOSUCCINATO SÓDICO) 0.019/SORBITOL 13.4g, solución, (enema), envase plástico
descartable con cánula rectal, 60-135ml, Vía Rectal, para
lo
cual adjunta a
la
presente resoluc ión
el
resumen del Informe Ejecutivo de Exclusión, fechado 18 de diciembre de 2023;
Que
el
artículo
63
de
la
Ley
51
de 27 de diciembre de 2005, Orgánica de
la
Caja de Seguro Social
estipula que será función de
la
Junta Directiva
la
aprobación previa de las listas oficiales de bienes y
servicios que serán parte del catálogo de bienes y servicios,
el
cual contiene las listas oficiales del
cuadro básico de medicamentos;
Que
la
Junta Directiva previo estudio, examen y análisis de los documentos presentados por
la
Administración de
la
Caja de Seguro Social para la EXCLUSIÓN del renglón SODIO BIFOSFATO
199/SODIO FOSFATO 79 ó DSS (DIOCTIL SULFOSUCCINATO SÓDICO) 0.019/SORBITOL 13.4g,
solución, (enema), envase plástico descartable con cánula rectal, 60-135ml, Vía Rectal, de
la
Lista Oficial de Medicamentos de
la
Institución;
RESUELVE:
PRIMERO: APROBAR previo cumplimiento de los requisitos legales,
la
EXCLUSION del Catálogo de
Bienes y Servicios de
la
Caja de Seguro Social
el
siguiente renglón:
·
-----
·---
-
---
-------------------------------------------
~
SODIO BIFOSFATO 19g/SODIO FOSFATO 7g ó DSS (DIOCTIL SULFOSUCCINATO
SÓDICO) 0.01g/SORBITOL 13.4g, solución, (enema), envase plástico descartable
con cánula rectal, 60-135ml, Vía Rectal
SEGUNDO: ORDENAR
el
registro de
la
EXCLUSIÓN del renglón SODIO BIFOSFATO 19g/SODIO
FOSFATO 7g ó DSS (DIOCTIL SULFOSUCCINATO SÓDICO) 0.01g/SORBITOL 13.4g, solución,
(enema), envase plástico descartable con cánula rectal, 60-135ml, Vía Rectal, del Catálogo de
Bienes y Servicios de
la
Caja de Seguro Social, tal como
ha
sido recomendado por
la
Comisión
Institucional de Farmacoterapia.
TERCERO: ORDENAR a
la
Dirección Ejecutiva Nacional de Servicios y Prestaciones en Salud,
Dirección Nacional de Logística , Dirección Nacional de Compras, Dirección de Abastos, tomar las
previsiones administrativas de Planificación y Logística hasta agotar existencia del producto que haya
sido adquirido por la Institución; siempre y cuando
no
obedezca a razones de seguridad, eficacia,
inocuidad o a razones que afecten
la
utilidad terapéutica del medicamento; su uso institucional se
habilitará y deberá continuar su prescripción, dispensación y administración,
..
hasta ·Bgotar '
la
existencia del producto.
CUARTO: PUBLICAR
la
presente Resolución
en
la
Gaceta Oficial.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 63 de
la
Ley No.
51
de 27 de diciembre de 2005;
Ley No. 1 de 1 O de enero de 2001; Reglamento de
la
Comisión Institucional de Farmacoterapia aprobado
mediante Resolución No. 53, 128-2019-J.D. de
28
de febrero
de 2019.
PUBL' SE;
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Presidente de Junta Directiv
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CAJA DE SEGURO S N A MÍN J.
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