Resolución Nº SMV-79-22 de Superintendencia del Mercado de Valores del 7 de marzo de 2022

Sentido del falloRegistrar, bajo las disposiciones del Acuerdo 3-2021, la modificación a los términos y condiciones del Programa Rotativo de Bonos Corporativos registrado mediante la Resolución CNV No. 153-10 de 3 de mayo de 2010, de la sociedad Leasing Banistmo S.A.,
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y sus leyes reformatorias, Acuerdo No.4-2003 de 11 de abril de 2003, Acuerdo No.2-10 de 16 de abril de 2010; Resolución SMV No.408/2016 de 16 de junio de 2016, Acuerdo No.3-2021 de 14 de julio de 2021
Número de resoluciónSMV-79-22
Fecha07 Marzo 2022
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA
DEL
MERCADO
DE
VALORES.
RESOLUCION
No. SMV-79-22
De 7 de
marzo
de 2022
La Superintendencia del Mercado de Valores, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 del Texto Único del Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999 y sus leyes
reformatorias, atribuye
al
Superintendente del Mercado de Valores la facultad de resolver las
solicitudes de registro de valores para ofertas públicas y cualesquiera otras que se presenten a la
Superintendencia con arreglo a la Ley del Mercado de Valores;
Que mediante la Resolución SMV No.408/2016 de
16
de junio de 2016, se resolvió delegar
indefinidamente a la titular de la Dirección de Emisores o a quien la supla en su ausencia, resolver las
solicitudes de modificación a términos y condiciones de valores registrados;
Que mediante
el
Acuerdo No.3-2021 de
14
de julio de 2021, se adopta
el
procedimiento especial y
abreviado para el registro de las modificaciones de términos y condiciones de la oferta pública de
valores registrados en la Superintendencia del Mercado de Valores, única y exclusivamente para
modificar
la
tasa de referencia LIBOR y el margen (spread) y determinar
la
nueva tasa de referencia
y el margen (spread) a utilizar para su reemplazo;
Que
al
emisor Leasing Banistmo S.A., sociedad anónima debidamente organizada y existente de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, se le autorizó para oferta pública el registro
del Programa Rotativo de Bonos Corporativos mediante la Resolución CNV No. 153-1 O de 3 de mayo
de 2010;
Que el 30 de diciembre de 2021, el emisor Leasing Banistmo S.A., presentó a través de la cuenta de
correo electrónico tramites smv@supervalores.gob.pa; Comunicado de Hecho de Importancia
en
atención a lo dispuesto en el Acuerdo No.3-2021,
al
cual se le dio el correspondiente visto bueno ese
mismo día siendo igualmente divulgado por el emisor a través de la plataforma SERI, en la citada
fecha;
Que el
21
de febrero de 2022, el emisor Leasing Banistmo S.A., presentó solicitud completa del
registro de modificación de los términos y condiciones de los valores antes descritos, siendo objeto de
observaciones comunicadas
al
solicitante a través de correo electrónico del 22 de febrero, atendiéndose
de forma satisfactoria
el
3 de febrero de 2022;
Que la solicitud de registro de modificación a los términos y condiciones de la precitada emisión,
consisten en lo siguiente:
Término y
Término
y Condición Original
Término
y Condición a Modificar
Condición
Tasa de Interés
La
tasa de interés para cada una de las La tasa de interés para cada una de las
series podrá ser fija o variable a opción del series podrá ser fija o variable a opción del
Emisor. En el caso de ser tasa fija, los Emisor. En
el
caso de ser tasa fija, los
Bonos devengarán una tasa de interés que Bonos devengarán una tasa de interés que
será detenninada por
el
Emisor según
la
será detenninada por el Emisor según la
demanda del mercado,
al
menos tres (3) demanda del mercado, al menos tres (3)
días hábiles antes de
la
emisión de cada días hábiles antes de la emisión de cada
serie. En el caso de ser tasa variable, los serie. En
el
caso de ser tasa variab
le
, los
Bonos devengarán una tasa de interés Bonos devengarán una tasa de interés
equivalente a
la
tasa Libor (London equivalente a la tasa de referencia
SOFR
lnterbank Offered Rate) que establezca el
gue
establezca el Emisor (la
"Tasa
Emisor (en adelante
"L
ibor
")
, pudiendo ser SOFR"}1 más
un
diferencial
gue
será
esta, a opción del Emisor, Libor un (1) mes, determinado
~or
el Emisor según
la
Libor tres (3) mese
s,
Libor seis (6) meses o
demanda
del
mercado1
al
menos tres
{3}
Libor doce (12) meses, más un diferencial días hábiles antes de
la
emisión de
cada
que será detenninado por el Emisor según serie.
La
información de la
Tasa
SOFR
la
demanda del mercad
o,
al
menos tres (3) será obtenida del sistema de información
días hábiles antes de la emisión de cada financiera Bloomberg Financial
serie. La infonnación de la tasa Libor será
Markets
Service1 del sistema de
obtenida del sistema de infonnación información financiera
Reuters
o en
financiera Reuters. La tasa variable será
cualauier
otro servicio similar
aue

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