Resolución Nº SMV-85-22 de Superintendencia del Mercado de Valores del 9 de marzo de 2022

Sentido del falloCancelar la Licencia de Asesor de Inversiones otorgada a ALTHIA CAPITAL ADVISORS, INC., mediante Resolución SMV No.728-15 de 24 de noviembre de 2015, sociedad anónima debidamente inscrita a folio 801246 de la Sección de Mercantil del Registro Público de Panamá desde el 25 de abril de 2013.
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y sus leyes reformatorias, Acuerdo No.1-2015 de 3 de junio de 2015 y sus modificaciones y Acuerdo No.2-2011 de 1 de abril de 2011 y sus modificaciones
Fecha09 Marzo 2022
Número de resoluciónSMV-85-22
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN No. SMV- g
6-);)
(de q de marzo de 2022)
La Superintendencia del Mercado de Valores
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo
14
del Texto Único de la Ley del Mercado de Valores, atribuye al
Superintendente del Mercado de Valores la facultad de cancelar licencias cuyo otorgamiento
está a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores, con arreglo a lo dispuesto en la
Ley del Mercado de Valores;
Que
el
Artículo
53
del Texto Único de la Ley del Mercado de Valores, aplicable a los
Asesores de Inversiones establece que, a petición de parte interesada, la Superintendencia del
Mercado de Valores cancelará la licencia otorgada a un Asesor de Inversiones, siempre y
cuando cumpla con las condiciones y los procedimientos que dicte la Superintendencia del
Mercado de Valores para la protección del público inversionista;
Que
el
Artículo 14 del Acuerdo No.1-2015 de 3 de junio de 2015, establece que el cese de
operaciones y la cancelación voluntaria de licencia de los Asesores de Inversiones se regirán
mutatis mutandis, por las disposiciones aplicables a las Casas de Valores, establecidas en el
Acuerdo No.2-2011 de 1 abril de 2011, incluyendo sus modificaciones presentes o futuras,
hasta tanto la Superintendencia no emita un Acuerdo relativo a esta materia;
Que el Capítulo Tercero del Acuerdo No.2-2011 de 1 de abril de 2011 y sus modificaciones,
reglamenta
lo
señalado en el Texto Único de la Ley del Mercado
de
Valores,
el
cual señala
los requisitos que deben cumplir las Casas de Valores para la Liquidación Voluntaria y
Cancelación
de
su Licencia;
Que mediante Resolución SMV No. 728-15 de 24 de noviembre de 2015 se resolvió expedir
licencia de Asesor de Inversiones a la sociedad AL THIA CAPITAL ADVISORS, INC.,
sociedad anónima inscrita a folio No.801246 de la Sección Mercantil del Registro Público
de Panamá desde
el25
de
abril de 2013;
Que mediante memorial presentado el
11
de noviembre de 2020, se presentó solicitud de
autorización para la Liquidación Voluntaria y Cese de las Operaciones del Asesor de
Inversiones ALTHIA CAPITAL ADVISORS, INC., así como la posterior cancelación de
su licencia;
Que recibida la solicitud antes mencionada y analizada la documentación correspondiente,
esta Superintendencia del Mercado de Valores autorizó, mediante Resolución No. SMV-376-
21
de 5 de agosto
de
2021, la Liquidación Voluntaria de ALTHIA CAPITAL ADVISORS,
INC., así como el cese de operaciones comprendidas bajo la licencia
de
Asesor de
Inversiones otorgada mediante Resolución SMV No.728-15 de 24 de noviembre de 2015
'
designándose como Liquidadora a la Licenciada Blanca Mireya Pabón García;
Que, de acuerdo a la documentación que reposa
en
el expediente del trámite
de
Liquidación
Voluntaria, Cese de Operaciones y Cancelación de Licencia
de
Asesor
de
Inversiones de
ALTHIA CAPITAL ADVISORS, INC., el proceso de Liquidación Voluntaria concluyó de
forma satisfactoria;
Que una vez ponderados los considerandos anteriores, la Superintendencia del Mercado de
Valores estima procedente resolver de conformidad;
1
~

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