Resolución Nº SMV371-23 de Superintendencia del Mercado de Valores del 20 de septiembre de 2023

Sentido del falloImponer a Canal Bank, S.A., sociedad con RUC multa de Tres Mil balboas (B/.3,000.00),) por la mora de más de treinta (30) días hábiles en la presentación del Informe de Actualización Anual (IN-A), correspondiente al período terminado al 31 de diciembre de 2022, cuya fecha de presentación venció el 31 de marzo de 2023.
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, y sus leyes reformatorias; Acuerdo No.2-2000 de 28 de febrero de 2000; Acuerdo No.8-2000 de 22 de mayo de 2000; Acuerdo No.18-2000 de 11 de octubre de 2000; Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, con sus respectivas modificaciones, Acuerdo No.8-2018 de 19 de diciembre de 2018, Decreto Ejecutivo No.126 de 16 de mayo de 2017 y Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación.
Número de resoluciónSMV371-23
Fecha20 Septiembre 2023
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN No. SMV-371- 23
(de 20
!!,e
septiembre de 2023)
La Superintendencia del Mercado de Valores en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que
el
Artículo
14
del Texto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 y sus leyes
reformatorias, atribuye al Superintendente del Mercado de Valores
la
facultad de imponer las
sanciones que establece
la
Ley del Mercado de Valores;
Que mediante
la
Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación,
se resolvió delegar en el titular de la Dirección de Emisores o a quien
le
supla en su ausencia,
imponer sanciones que establece la Ley del Mercado de Valores, en casos de entrega tardía de
Estados Financieros, Informes y/o Reportes que deben ser entregados periódicamente a la
Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá;
Que el Acuerdo No.8-2018 de 19 de diciembre de 2018, la Superintendencia del Mercado de
Valores adoptó el uso de formatos y formularios para la presentación de infonnes de emisores
y sociedades de inversión ante la Superintendencia, así como su periodicidad;
Que
el
Artículo Quinto del Acuerdo No.8-2018 de
19
de diciembre de 2018, establece las
sanciones por la mora en la presentación de los Reportes, Documentos o Información
Financiera, a través del Sistema Electrónico de Remisión de Información (SERI), realizados
por emisores o sociedades de inversión, una vez finalizado
el
plazo de entrega, de conformidad
con
lo
establecido en el Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, el cual adoptó criterios
para la imposición de multas administrativas por la mora en
la
presentación de Estados
Financieros e Informes a la Superintendencia del Mercado de Valores a cargo de personas
registradas o sujetas a reporte;
Que de conformidad con
el
Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, la mora en
la
presentación de Informes y Estados Financieros a la Superintendencia del Mercado de Valores
a cargo de los emisores y sociedades de inversión registrados se sancionará acumulativamente
así:
a) Multa de CINCUENTA BALBOAS (B/.50.00) por día, durante los primeros diez
(1
O)
días hábiles de mora;
b) Multa de CIEN BALBOAS (B /.100.00) por día, durante los siguientes diez (10)
días hábiles de mora;
c) Multa de CIENTO CINCUENTA BALBOAS (B/.150.00) por día, durante los
siguientes días hábiles de mora, hasta un máximo de TRES MIL BALBOAS
(B/
.3
,000.00) por informe moroso.
Que
el
Acuerdo 18-2000 establece
el
periodo entrega del Informe de Actualización (IN-A)
dentro de los tres (3) meses siguientes al cierre del periodo fiscal correspondiente;
Que
el
plazo para la remisión del Informe de Actualización Anual (IN-A), correspondiente
al
período terminado
al
31
de diciembre de 2022, venció el
31
de marzo de 2023;
Que en cumplimiento del Decreto Ejecutivo No.126 de
16
de mayo de 2017, esta Autoridad,
mediante correo electrónico de 7 de septiembre de 2023, remitido al emisor, le solicita a Canal
Bank, S.A., las explicaciones por las cuales remitió el Informe de Actualización Anual (IN-
A), correspondiente
al
período terminado al
31
de diciembre de 2022, el 30 de junio de 2023;
Que, mediante correo electrónico del 7 de septiembre de 2023,
el
emisor Canal Bank, S.A.,
remite sus explicaciones a las notas de 5 de abril de y 14 de junio de 2023 que reposan en
el
expediente del trámite que nos ocupa;
Que, el emisor Canal Bank, S.A., presentó a través de la plataforma SERI, el Informe de
Actualización Anual (IN-A), correspondiente
al
período terminado al
31
de diciembre de 2022,
el
15
de junio de 2023, acumulando más de treinta (30) días hábiles de mora en su presentación;
Por
lo
anteriormente expuesto, la Superintendencia del Mercado de Valores, en ejercicio de
sus funciones;

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