Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 24 de Abril de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución24 de Abril de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El ciudadano C.A.C.B., con cédula de identidad personal No.8-198-2276, hizo llegar a esta Superioridad, un manuscrito en el que solicita que, en su nombre, se formalice el RECURSO DE REVISIÓN en contra de la sentencia de segunda instancia de 9 de mayo de 2000, mediante la cual el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, previa revocatoria de la sentencia absolutoria, le impuso a CARRIÓN BALOY la pena de 75 meses de prisión, por ser AUTOR del DELITO DE HURTO AGRAVADO en perjuicio de ANTONIO ALONSO CEDEÑO.

Como quiera que el sentenciado acudió a esta Superioridad sin la asistencia de un abogado, la Magistrada Sustanciadora emitió la providencia de 14 de febrero de 2006 en la que se designó a la Licenciada D.U. de BRITTON, en su condición de Defensora de Oficio para que, en el término de 15 días, emitiera OPINIÓN sobre la posibilidad o no de formalizar el recurso que solicita este ciudadano (f.9).

En tiempo oportuno, la Secretaría de la Sala recibe el escrito de contestación de la Defensora de Oficio (fs.14-17), en el que manifiesta NO VIABLE LA REVISIÓN contra la sentencia que el peticionario pretende atacar, por considerar que en el caso bajo estudio, "... no se registra causal legal que fundamente la formalización del Recurso de Revisión", es decikr, alguna de las causales que consagra el artículo 2454 del Código Judicial (f.17). La defensora de oficio adjuntó al libelo, copias autenticadas de la SENTENCIA ABSOLUTORIA DE 11 de enero de 2000, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE LO PENAL DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, Y LA SENTENCIA...

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