Resolución Nº 2008-38 de 18 de marzo de 2008, "POR LA CUAL SE DECLARAR AL SEÑOR RICARDO MARCISCANO SAENZ, ELEGIBLE DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE RECURSOS MINERALES, PARA LA EXTRACCIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS (PIEDRA DE CANTERA)"

REPUBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

RESOLUCION Nº2008-38

de 18 de marzo de 2008

EL DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

CONSIDERANDO:

Que mediante memorial presentado el 8 de mayo de 2007 por la Licda. Indira Figueroa, abogada en ejercicio, con oficinas ubicadas en Albrook Calle Old, casa 45B, en su condición de Apoderado Especial del señor RICARDO MARCISCANO SAENZ, solicitó una concesión de extracción de minerales no metálicos (piedra de cantera) en una (1) zona de 234 hectáreas, ubicada en los corregimientos de Cabuya y Bejuco, distrito de Chame, provincia de Panamá, e identificada con el símbolo RMS-EXTR(piedra de cantera y tosca) 2007-73;

Que se adjuntaron a la solicitud los siguientes documentos:

Poder (Notariado) otorgado a la Licda. Indira Figueroa, por el señor RICARDO MARCISCANO SAENZ;

Memorial de solicitud;

Declaración Jurada (notariada);

Capacidad Técnica y Financiera;

Plan Anual de Trabajo e Inversión;

Planos Mineros e Informe de Descripción de Zonas;

Declaración de Razones;

Informe de Evaluaciones de Yacimientos;

Estudios de Impacto Ambientales;

Certificado del Registro Público donde consta el nombre de los dueños de las fincas afectadas por la solicitud;

Recibo de Ingresos Nº 82710 de 21 de septiembre de 2007, en concepto de Cuota Inicial;

Que de acuerdo con el Registro Minero, la zona solicitada no se encuentra dentro de áreas amparadas por solicitudes, concesiones o reservas mineras;

Que se han llenado todos los requisitos exigidos por la Ley para tener derecho a lo solicitado,

RESUELVE:

PRIMERO: Declarar al señor RICARDO MARCISCANO SAENZ, elegible de acuerdo con las disposiciones del Código de Recursos Minerales, para la extracción de minerales no metálicos (piedra de cantera) en una (1) zona de 234 hectáreas, ubicada en los corregimientos de Cabuya y Bejuco, distrito de Chame, provincia de Panamá, de acuerdo a los planos identificados con los números 2008-43 y 2008-44.

SEGUNDO: Ordenar la publicación de tres Avisos Oficiales, en fechas distintas, en un diario de amplia circulación de la capital de la República, y por una sola vez en la Gaceta Oficial, con cargo al interesado. Se hará constar en los Avisos Oficiales la descripción de la zona solicitada, nombre de las personas que aparecen como propietarios en el catastro Fiscal o catastro Rural, tipo de contrato por celebrarse y el propósito de la publicación del aviso. Copia del aviso se colocará en la...

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