Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 2ª de lo Penal, 1 de Febrero de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2008
EmisorSala Segunda de lo Penal

VISTOS:

Pendiente de resolver en el fondo, se encuentra el recurso de casación formalizado por el licenciado A.G.H., contra la sentencia de 2da Instancia Nº 25 de 22 de febrero de 2006, dictada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se revoca la sentencia de primera instancia, emitida por el Juzgado Duodécimo de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, y en su lugar condena a A.A.A., entre otros, a la pena de 32 meses de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por el término de un año, luego de cumplida la pena principal, por ser autor del delito de hurto agravado, cometido en perjuicio de la Constructora Corcione & Asociados, S.A.

La audiencia de casación fue celebrada el día 27 de febrero de 2007 con la participación de la defensa técnica del recurrente y del representante del Ministerio Público, oportunidad que ambas partes aprovecharon para reiterar sus respectivos argumentos, luego de lo cual corresponde emitir el fallo de fondo, tarea a la cual se procede de inmediato.

El presente cuaderno penal tuvo su génesis en la denuncia presentada por G.T., el día 14 de julio de 2004, mediante la cual puso en conocimiento de la autoridad, que en el proyecto Courtyard View, ubicado en Punta Pacífica, Corregimiento de San Francisco, habían desaparecido 15 vigas de aluminio utilizadas para la construcción de losas.

Al concluir la fase de instrucción, la Fiscalía a cargo de la investigación solicitó, mediante vista N° 26 de 31 de marzo de 2005, el llamamiento a juicio contra A.A. y otros, como presuntos infractores del delito génerico contra el Patrimonio, y en particular por hurto agravado.

En la audiencia preliminar, celebrada el día 21 de junio de 2005, los imputados se acogieron al proceso abreviado, el cual, previo llamamiento a juicio, concluyó con un fallo absolutorio, decisión que fue recurrida en apelación por la parte querellante.

El recurso de apelación fue decidido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, mediante sentencia de 2da Instancia Nº 25 de 22 de febrero de 2006, revocando el fallo apelado e imponiendo al sindicado la pena de 32 meses de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por el término de un año, luego de cumplida la pena principal, por ser autor del delito de hurto agravado, cometido en perjuicio de la Constructora Corcione & Asociados, S.A., siendo ésta última medida la que se impugna, con el recurso extraordinario de casación penal.

La causal de fondo que sirve de sustento a la iniciativa procesal extraordinaria promovida por el recurrente, corresponde al "error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica violación de la ley sustantiva penal" (f.298), consagrada en el numeral 1 del artículo 2430 del Código Judicial.

De acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, la causal en examen se configura cuando el tribunal le otorga a la prueba un valor que la ley no le atribuye, cuando le niega al medio de prueba la fuerza que la ley le reconoce o cuando admite un elemento probatorio que ha sido producido con inobservancia de las formalidades legales establecidas para esa finalidad.

MOTIVOS QUE APOYAN LA CAUSAL

La...

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