Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 23 de Septiembre de 2014

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Para resolver en el fondo, cursa ante la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, recurso de casación en el fondo, formalizado por el licenciado A.A.E.P., contra la Sentencia de 16 de marzo de 2012, proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de las provincias de Chiriquí y Bocas de Toro, dentro del proceso penal seguido a J.E.P.Q., sancionado a la pena de 64 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por igual término, una vez cumplida la pena principal, como autor del delito de venta de drogas ilícitas. La audiencia de casación fue celebrada el 20 de mayo de 2013, con la participación de la parte recurrente y del representante del Ministerio Público, oportunidad que fue aprovechada por todos para reiterar sus respectivos argumentos, luego de lo cual corresponde emitir el fallo de fondo, tarea a la cual se procede de inmediato (fs. 285-287). HISTORIA CONCISA DEL CASO El presente cuaderno penal tuvo su génesis el 5 de enero de 2011, cuando la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Droga, de la provincia de Chiriquí, en asocio con funcionarios de la Sección de delitos relacionados con droga de la D.I.J. de esa provincia, practicaron diligencia de operación encubierta (compra controlada de drogas), donde resultó vinculado el señor J.E.P.. Luego de disponer la indagatoria del procesado, y concluida la etapa de instrucción sumarial, se realizó la audiencia preliminar el 24 de noviembre de 2011, en el Juzgado Cuarto de Circuito de la Provincia de Chiriquí, mediante las reglas del proceso abreviado, por lo que en ese mismo acto se calificó el mérito legal del sumario y se declaró apertura de causa criminal, por la presunta infracción de las disposiciones contenidas en el Título X, Capítulo V, del Libro II del Código Penal. En ese orden de ideas, mediante sentencia No. 358 del 30 de noviembre de 2011, el Juzgado Cuarto de Circuito de la provincia de Chiriquí condenó al señor J.E.P., y mediante resolución calendada 16 de marzo de 2012, haciendo una errónea valoración del acervo probatorio, confirmó la sentencia apelada. CAUSALES INVOCADAS La única causal de fondo que sirve de sustento a la iniciativa procesal extraordinaria promovida por el recurrente, corresponde al "error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica infracción de la ley sustantiva penal" (fs.265), consagrada en el numeral 1 del artículo 2430 del Código Judicial. De acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, la causal...

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