Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Septiembre de 2014

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Conoce la Sala Penal de la Corte Suprema el recurso extraordinario de casación en el fondo interpuesto por el Licenciado Roummel Salerno, en representación del señor J.A.C. MONTES, contra la Sentencia de segunda instancia de 1 de septiembre de 2011, emitida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del proceso seguido en su contra por delito de Robo Agravado en perjuicio de la señora B.G.M.F.. 1.1.a.i.1.1.1.1 HISTORIA CONCISA DEL CASO De conformidad con lo narrado por el recurrente, la presente investigación se inició con la denuncia de la señora B.G.M.F. el 23 de agosto de 2008 por el delito contra el patrimonio cometido en su perjuicio, hecho que tuvo lugar por el área del Mercado de Abastos donde dos sujetos de forma violenta la despojaron de varios bienes, dándose a la fuga. Luego de realizadas las diligencias sumariales la fiscalía de la causa solicitó el llamamiento a juicio contra J.A.C. MONTES como presunto infractor del Capítulo II, Título VI del Libro II del Código Penal. Mediante sentencia de 23 de diciembre de 2010, el Juzgado Primero de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, condenó a JIMI CUNNINGHAM como autor del delito de Robo Agravado, decisión que fue objeto de apelación ante el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, ente que emitió la sentencia de 1 de septiembre de 2011, confirmando la decisión primaria, razón por la cual se recurre en casación. ANÁLISIS RESPECTO DE LA CAUSAL INVOCADA La causal invocada es: "Error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo e implica violación de la ley sustancial penal". Esta causal se encuentra consagrada en el artículo 2430, numeral 1 del Código Judicial. Mediante auto de 11 de abril de 2013, la Sala únicamente admitió el primer motivo en el que se sustenta la causal, siendo sobre éste que procede emitir pronunciamiento. En el motivo en cuestión se señala que el Tribunal Superior comete error de derecho en la apreciación de la prueba al valorar la declaración de B.G.M.F. (fs.1-4,12-14), en atención a que le otorga a este medio de prueba valor probatorio suficiente para declarar al procesado JIMI CUNNINGHAM como responsable del delito señalado, aun cuando se trata de una testigo de referencia que no cuenta con el concurso de otras pruebas para acreditar que el procesado llevó a cabo el hecho. La Procuradora de la Nación se opone al motivo expuesto, toda vez que estima que...

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