Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 29 de Agosto de 2014

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Ingresó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de Casación en el fondo formulado por la licenciada N.M.S., contra la Sentencia de Segunda Instancia Nº 14 de 2 de marzo de 2012, dictada por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual confirmó la sentencia No. 13 de 7 de febrero de 2011, proferida por el Juzgado Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, que declaró penalmente responsable al señor R.S.R. y lo condenó a la pena de sesenta (60) meses de prisión, como autor del delito Contra la Libertad Individual (Extorsión), en perjuicio de B.M.. HISTORIA CONCISA El expediente inició con la denuncia presentada por el señor B.M., ante la Corregiduría de Chilbre, donde puso en conocimiento que el día sábado 28 de noviembre de 2009, se presentó a su casa un sujeto que no conocía, acusándolo de haberse robado una droga, por lo cual le reclamaba a su madre T.M., la devolución de la misma o la entrega de dinero, de lo contrario, iría a su casa a buscar un arma de fuego y lo mataría. Debido a esta amenaza, la señora M. le entregó al sujeto la suma de sesenta balboas (B/.60.00) en efectivo. Al rendir declaración indagatoria, en virtud de la resolución dispuesta por la Fiscalía Auxiliar de la República, el imputado (fs.28-34) manifestó que se presentó a la residencia de la señora T.M., a solicitud de un sujeto de nombre E., que le pidió que acudiera a la residencia de B.M. a buscar la suma de sesenta balboas (B/.60.00) en una primera ocasión y ochenta (B/.80.00) balboas en la segunda ocasión, sin embargo, desconoce que tipo de negocios tienen ellos. Concluida la etapa sumarial, fue llamado a juicio y mediante sentencia No. 13 de 7 de febrero de 2011, el Juzgado Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, lo condenó a la pena de 60 meses de prisión, al considerarlo autor del delito de extorsión, en perjuicio de B.M.. Al ser apelada la anterior decisión por la defensa oficiosa del prenombrado S.R., el Segundo Tribunal Superior se pronunció a través de la sentencia de Segunda Instancia No. 14 de 2 de marzo de 2012 confirmando la condena, medida jurisdiccional que ahora es recurrida en casación. CAUSAL INVOCADA El medio de impugnación extraordinario se fundamenta en una sola causal de fondo que corresponde al "error de derecho al calificar los hechos constitutivos de circunstancias atenuantes de responsabilidad criminal", contemplada en el numeral 8 del...

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