Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 10 de Marzo de 2014

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: La Directora General Encargada de Asuntos Jurídicos y Tratados, Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante oficio A.J. No. 406 de once (11) de febrero de dos mil catorce (2014), remite a esta Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, la Asistencia Judicial Internacional librado por la Fiscalía de Primera Instancia del Jalkida, República Helénica, Grecia dentro del proceso que la empresa TAIHEI MARINE INDUSTRIES LTD. le sigue a NAVISTAR, S.A. La Embajada de Grecia en México remite a su homologo de Panamá, el documento No. F.780/11/AS 960 de 16 de diciembre de 2013, en dos ejemplares relativos a la demanda que la empresa TAIHEI MARINE INDUSTRIES LTD. interpuso en contra de le empresa NAVISTAR, S.A. El propósito de la presente cooperación judicial es notificar a la empresa demandada, NAVISTAR, S.A., ubicadas en el edificio Banco Aliado, 8 piso, c/11 B.M. de Cabal, ciudad de Panamá, República de Panamá, que se requiere su comparecencia ante el Juzgado de Paz de Jalkida para el día siete (7) de marzo de dos mil catorce (2014), a las nueve de la mañana (9:00 am.) (Cfr. f. 18) Es importante destacar, que esta Corporación actúa en atención al artículo 100, numeral 3 del Código Judicial que establece que es la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia la encargada de recibir y tramitar los exhortos y cartas rogatorias librados por Tribunales internacionales y determinar quien lo diligenciará. El auxilio judicial guarda relación con un acto de comercio en el cual la empresa COMMERCIAL S.A. por instrucciones de NAVISTAR, S.A. solicitó a la demandante, TAIHEI MARINE INDUSTRIES LTD. le suministrara a la demandada unas piezas que requería el buque "DOÑA LIBRA", de su propiedad, el cual se encontraba anclado en la ciudad Las Palmas, España. Según lo convenido la empresa demandante,TAIHEI MARINE INDUSTRIES LTD., se encargó de enviar las piezas y las facturas con la cuantía adeudada y hasta el momento ni la demandada ni la empresa que realizó el contacto han...

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