Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Febrero de 2014

PonenteLuis Mario Carrasco M.
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: En grado de admisibilidad conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia del recurso extraordinario de casación penal en el fondo, interpuesto por la licenciada K.L.G. y L.M. en representación de R.G.M. y A.E.H.D. en contra de la Sentencia de Segunda Instancia del 3 de febrero de 2012, dictada por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de Panamá, la cual confirma la sentencia No. 45 de 26 de agosto de 2011 proferida por el Juzgado Segundo Penal de Adolescentes del Primer Circuito Judicial de Panamá, específicamente los puntos tercero y cuarto relativos a la suspensión condicional de la pena, y a su vez modifica el punto segundo en cuanto a la sanción a cumplir. Vale la pena resaltar que mediante Resolución de 24 de mayo de 2013, se establecieron elementos los cuales adolecía el Recurso, no obstante como quiera que podrían ser subsanables, se ordenó la corrección, concediéndole un término de cinco (5) días, con el fin de que el interesado efectuase las correcciones advertidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2440 del Código Judicial. En este orden, la Secretaría de la Sala Segunda de lo Penal procedió a notificar por edicto la orden de corrección del recurso, sin embargo, consta informe secretarial del 12 de junio de 2013, del que...

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