Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Noviembre de 2015

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2015
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para decidir su admisibilidad, ingresa a esta Sala Segunda de lo Penal, el recurso de casación interpuesto por la Licenciada B.H.P., en representación de contra la sentencia de segunda instancia de 7 de octubre de 2014, emitida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá dentro del proceso seguido en su contra por delito de Posesión Ilícita de Arma de Fuego.

Al verificar si el recurso cumple con los presupuestos legales y jurisprudenciales la Sala observa lo siguiente:

El recurso ha sido interpuesto por persona hábil, de manera oportuna y contra una decisión emitida por un Tribunal Superior por delito cuya pena supera el mínimo de los dos años de prisión.

La historia concisa del caso está desarrollada de modo aceptable.

Como sustento del recurso se invoca la causal: "Error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica violación de la ley sustancial penal". Esta causal está consagrada en el artículo 2430, numeral 1 del Código Judicial.

La causal se sustenta en dos motivos los cuales están redactados de forma inconclusa, pues de su lectura no se desprende cuál es el cargo de injuridicidad que se le endilga al fallo impugnado.

Es conveniente reiterar el criterio jurisprudencial de la Sala en lo relativo a los motivos cuando se alude a una causal probatoria, quien recurre debe ceñirse a los siguientes parámetros: 1. Precisar la pieza de convicción, que se alega erróneamente valorada (en la causal error de derecho) o inobservada (en la causal de error de hecho); 2. Señalar cómo valoró (causal de error de derecho) u omitió valorar (causal de error de hecho) el tribunal el medio probatorio; 3. Cuál es la manera como se debió haber valorado la prueba; 4. Destacando la regla de derecho infringida y 5. Demostrando cómo el error cometido influyó en lo dispositivo...

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