Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Septiembre de 2015

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Para resolver su admisibilidad ingresa a esta Sala Segunda de lo Penal, el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía Primera Especializada en delitos relacionados con Drogas contra la sentencia de segunda instancia de 19 de mayo de 2014, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del proceso que se sigue contra los señores S.R.V. y otros, quien fue condenado a la pena de nueve (9) años, cuatro (4) meses y quince (15) días, como autor del delito de tráfico nacional de drogas ilícitas. Vencido el término establecido en el artículo 2439 del Código Judicial, la Sala procede a verificar si el escrito contentivo del recurso interpuesto contra la sentencia de segunda instancia en lo que respecta al procesado S.R.V., cumple con los requisitos que permitan su admisión. En primer lugar, se observa que el recurso fue interpuesto oportunamente, por persona hábil, contra una sentencia definitiva de segunda instancia, dictada por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, por delito cuya pena de prisión es superior a los dos (2) años. El apartado relativo a la historia concisa del caso ha sido desarrollado en términos generales de forma aceptable. Se invoca como causal infringida: "Por ser la sentencia infractora de la ley sustancial penal en concepto de violación directa". Esta causal está consagrada en el artículo 2430, numeral 1 del Código Judicial. La causal invocada se sustenta en un motivo de cuya lectura se infiere que la disconformidad del recurrente recae sobre la dosificación de la pena impuesta al procesado por parte del Tribunal Superior. A criterio de la Sala, el recurrente yerra al invocar la causal genérica contemplada en el artículo 2430, numeral 1 del Código Judicial, pues cuando los reclamos contra la sentencia recurrida se fundan en que el tribunal ha aplicado indebidamente u omitido aplicar las normas jurídicas que consagran la forma como debe realizarse el cómputo, la causal correspondiente es la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR