Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 11 de Octubre de 2004

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2004
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Pendiente de resolver llamamiento a juicio se encuentra en esta S. el expediente seguido al licenciado R.S.A., por presuntas Faltas a la Ética y Responsabilidad Penal del Abogado, hecho denunciado por el señor ARCHIBOLDO BOYD.

La denuncia la fundamento primordialmente el señor BOYD en el hecho que se considera estafado pues el 4 de enero de 2001, le entregó al letrado setescientos balboas (B/700.00), a fin de que efectuase la disolución de dos empresas; sin embargo no le entrego recibo ni documentos que acrediten las gestiones que ha realizado (fs 4)

El Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados solicita, a través del escrito que consta de folios 33 a 39 del expediente, que esta Sala dicte dentro del presente proceso, citación a juicio contra el licenciado R.S.A..

Al rendir sus descargos el licenciado S.A., señala que se debe desestimar la denuncia por inexistente y carente de pruebas toda vez que no existió relación cliente-abogado con el señor A.B., pues este nunca le ha dado poder. (fs 43-46)

A.B.B. presenta ante la secretaría de la Sala Cuarta de Negocios, el 9 de febrero del año en curso, escrito con el fin de desistir de la denuncia presentada contra el licenciado R.S.A., pues han arreglado el malentendido, añadiendo que se debe proceder al archivo del expediente.

De conformidad con los artículos 1087 y 1089 del Código Judicial el desistimiento solo podrá ser admitido por el Juez en las siguientes circunstancias:

"1087. Toda persona que haya entablado una demanda, promovido un incidente o interpuesto un recurso, puede desistir expresa o tácitamente.

El desistimiento, una vez presentado al J. es irrevocable.

El demandado puede también desistir de la oposición de la demanda, caso en el cual se hace responsable a tenor de la misma, conforme a derecho.

Todo desistimiento se entiende hecho simplemente y sin condición. Si el desistimiento es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR