Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 5 de Abril de 2010

PonenteJosé Abel Almengor Echeverría
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Licenciada B.H.P., Defensora de Oficio de I.A.C., ha presentado ante este Tribunal escrito de formalización del recurso extraordinario de casación, contra la sentencia de segunda instancia N°108 de 29 de mayo de 2009, emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que confirma la decisión de primera instancia dictada por el Juzgado Noveno de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante la cual, Condena al procesado a la pena de Seis (6) Años de Prisión e Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, como autor del delito de Robo Agravado en perjuicio de C.A.S..

Corresponde examinar el escrito de formalización del recurso, a fin de comprobar si satisface los requisitos para su admisibilidad.

El recurso ha sido interpuesto contra una resolución dictada por el Segundo Tribunal Superior en segunda instancia, dentro de un proceso por un delito cuya pena de prisión excede los dos años, con lo cual se demuestra que es viable la iniciativa propuesta, ya que se cumplen los presupuestos del artículo 2430 del Código Judicial.

El anuncio y la formalización del recurso se hizo oportunamente y por persona legitimada para ello, como lo es, la defensora técnica del procesado.

Con relación a los requisitos establecidos en el artículo 2439 del Código Judicial, se advierte en la sección de la historiaconcisa del caso, la casacionista expone los hechos que dieron origen al proceso, el cargo penal que el funcionario de instrucción le formuló al imputado, refiriéndose a las sentencias de primera y segunda instancia, no obstante, comete el error de agregar argumentos que más bien devienen en alegatos acerca de la errónea valoración de algunas piezas probatorias, lo cual no es correcto y resulta ajeno a la técnica casacionista.

En ese orden, alega una causal de fondo, "error de derecho en la apreciación en la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica violación de la ley sustancial penal", la cual se apoya en dos motivos.

En relación al primer motivo, se observa que los argumentos que presenta son ambiguos y tal como se plantean confunde y no permite apreciar los hechos que sirven de soporte a la causal alegada de forma clara. La recurrente manifiesta que no se reconoció la retractación que hace C.A. en el acto de audiencia, entonces si el Tribunal Superior desconoció una pieza probatoria tenía que invocar otra causal de naturaleza probatoria. Ahora bien, si la réplica guarda relación con la...

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